El congresista Luis Jon Tay presentó un proyecto de ley para que los contribuyentes que sean víctimas de extorsión puedan deducir esas pérdidas del Impuesto a la Renta sin necesidad de presentar una denuncia judicial.
El Proyecto de Ley N.º 12793 plantea modificar el literal d) del artículo 37 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta. El objetivo es ofrecer una alternativa legal a las víctimas de extorsión para acreditar sus pérdidas económicas mediante una declaración jurada notarial, eliminando el requisito de judicialización del delito.
La iniciativa propone que los pagos hechos bajo extorsión puedan ser considerados como pérdida extraordinaria, deducible del Impuesto a la Renta, mediante una declaración jurada. Esta deberá contener la huella digital del declarante, su firma legalizada notarialmente y los medios probatorios disponibles.
Actualmente, la legislación exige como condición una prueba judicial o demostrar que no es posible iniciar un proceso legal. El nuevo mecanismo busca ofrecer una vía segura que no exponga a las víctimas a represalias por parte de organizaciones criminales.