Aprueban dictamen para elevar edad mínima de consentimiento sexual de 14 a 16 años

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La Comisión de Mujer del Congreso aprobó un dictamen que modifica los artículos 173 y 175 del Código Penal, elevando de 14 a 16 años la edad mínima de relaciones sexuales consentidas, ello con el objetivo de proteger a las adolescentes de abusos sexuales producidos por mayores de edad.

En el Perú, las relaciones sexuales consentidas de un mayor de edad con una menor de hasta 14 años de edad no es sancionado penalmente, pese a que estas menores no cuentan con el discernimiento suficiente para tomar ese tipo de decisiones; por ello, se decidió elevar este umbral a los 16 años de edad.

La propuesta aplica el principio del interés superior del niño, pues se protege más cuando se eleva la edad de 14 a 16 años; asimismo, señala que las menores de 14 años de edad aún tienen inmadurez emocional y capacidad limitada para consentir.

Además, señalan que elevar a 16 años la edad de consentimiento sexual previene la coacción, manipulación y abuso de poder para sostener relaciones sexuales con menores.

Por otra parte, se mantiene la coherencia con otros umbrales de capacidad jurídica como el Código Civil, previniendo embarazos en adolescentes, reduciendo el riesgo de explotación sexual y haciendo visible la desventaja en la que se encuentran adolescentes de 14 y 15 años frente a personas adultas.

Se espera que la propuesta sea elevada al pleno del Congreso en las próximas semanas para ser debatida y votada.