El pasado 27 de diciembre de 2023, la Municipalidad Distrital de La Cuesta otorgó la buena pro para la ejecución de la obra «Creación de los servicios públicos de integración económica y social en la alameda de centro poblado La Cuesta” a la Constructora & Multiservicios Hidekel S.A.C, suscribiendo el contrato el 19 de enero de 2024, por el monto de S/ 468,400.
Sobre esta obra, la Contraloría General de la República identificó que la citada comuna permitió la ejecución de partidas antes del inicio de la obra, dando conformidad a la valorización y pago de las mismas, a pesar de haber sido ejecutadas sin supervisión técnica. Asimismo, pagó el valor total de la obra, omitiendo el cobro de otras penalidades, conllevando a un perjuicio económico de S/ 46,840; aunado a ello, recepcionó la obra, a pesar de no estar culminada; favoreciendo con ello a la Constructora & Multiservicios Hidekel.
Según se detalla, mediante Acta de Entrega de Terreno de 13 de febrero de 2024 suscrita por el Gerente Municipal; el Subgerente de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Rural; el Supervisor de obra; la representante común del contratista y el Residente de obra; se realizó la entrega de terreno.
Sin embargo, mediante oficio N°022-2023-GMAR-JUEZ DE PAZ de 19 de febrero de 2024, Guillermo Modesto Aponte Rodríguez, Juez de Paz del Centro Poblado La Cuesta, solicitó a la Contraloría la intervención a la obra, adjuntando un documento con fecha 12 de febrero donde se describen trabajos ejecutados sin la presencia de los responsables técnicos de la Obra; asimismo, se insertaron fotografías que evidencian la ejecución de actividades.
“En tal sentido, como resultado de la información acopiada se ha revelado que la Entidad permitió la ejecución anticipada de trabajos, sin que se haya cumplido las condiciones para el inicio del plazo contractual y omitieron deliberadamente dejar constancia de ello, en las actas de entrega de terreno (Apéndice n.° 8) e inicio de la Obra (Apéndice n.° 9); así como, el haber dado conformidad y pagado por la ejecución de estos trabajos”, se lee en el informe.
Además, se determinó que, se otorgó conformidad a la Valorización n.° 1 a pesar de, haberse valorizado trabajos ejecutados anticipadamente, sin supervisión técnica. De igual modo, se ha se otorgó la conformidad a la Valorización n.° 2, omitiendo, la aplicación de las otras penalidades desarrolladas con anterioridad, a pesar de tener conocimiento de los incumplimientos contractuales.
El órgano de control también refirió que se otorgó la conformidad técnica a la ejecución de la obra, sin que esta estuviese culminada, forzando de esta manera el inicio del proceso de recepción de obra; además, de generar con ello, la inaplicación de la penalidad por mora a partir de la fecha de término del plazo de ejecución de la obra y por los días que sean necesarios, para la culminación de la totalidad de las partidas.
En ese mismo sentido, se ha corroborado que la obra fue recepcionada a pesar de no encontrarse culminada en su totalidad; ya que, se determinó la existencia de partidas inconclusas. Esta situación, ha generado como perjuicio económico a la municipalidad de La Cuesta el monto de S/ 46,840, ya que, con el pago de la Valorización N°2, la citada comuna canceló el valor total ejecutado de la obra, por ende, ya no cuenta con la disponibilidad financiera para aplicar y cobrar dicho monto.
Por ello, la Contraloría identificó presunta responsabilidad en el gerente Municipal, Evaristo Rios Mantilla; el subgerente de Infraestructura, Víctor Billena Avalos; el Supervisor de Obra, Omar Quiñonez Ramirez; el primer miembro del Comité de Recepción, Vicente Mendoza Rodríguez; y el segundo miembro del comité, Liliana Contreras Aponte.
Asimismo, recomendó al alcalde de La Cuesta, Diego Rodríguez, realizar las acciones correspondientes a fin que el órgano competente efectúe el deslinde de las responsabilidades que correspondan, de los funcionarios y servidores públicos de la Municipalidad Distrital de La Cuesta, comprendidos en los hechos observados.












