El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) exhortó a la ciudadanía a registrar oportunamente las defunciones y a cancelar el Documento Nacional de Identidad (DNI) de las personas fallecidas, al precisar que este trámite permite eliminar sus datos del Registro Único de Identificación de las Personas Naturales (RUIPN) y, en consecuencia, del padrón electoral.
La entidad indicó que la anulación del DNI se realiza una vez que los familiares inscriben la defunción. Por ese motivo, exhorta a los ciudadanos a realizar este trámite dentro de los plazos establecidos. Esta gestión previene el uso indebido de la identidad de los fallecidos.
¿Si tu familiar fallece, es necesario inscribir la defunción y cancelar el DNI?
Sí, es obligatorio y necesario. Para cancelar el DNI, los seres queridos del fallecido deben presentar el acta médica de defunción ante el Reniec o los registros civiles de las municipalidades. De esta manera, inscriben el fallecimiento de su familiar.
Si no se realiza dicha gestión, se pueden registrar problemas legales y administrativos, como el bloqueo de herencias y sucesiones, la imposibilidad de cobrar seguros de vida o el retiro de pensiones. Además, las personas fallecidas pueden figurar en el padrón de los diversos procesos electorales.
Asimismo, se pueden registrar posibles actos ilícitos en el futuro como la suplantación de identidad o el uso indebido de datos personales.








