Tras más de 7 años, la Tercera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria absolvió, en primera instancia, a los hermanos Orlando, Manuel y Fortunato Sánchez Paredes, así como a Fidel Sánchez Alayo y Jesús Esteves Ostoloza del presunto delito de lavado de activos agravado en el caso que se seguía en su contra.
“Una vez quede firme la sentencia, se dispone el ARCHIVO DEFINITIVO del proceso y se anule los antecedentes judiciales y policiales generados por esta causa; y toda medida cautelar que se hubiese dictado por razón de este proceso”, se lee en el parte resolutivo de la sala judicial.
De acuerdo con el tribunal superior, el Ministerio Público, que había solicitado 28 años de cárcel para cada uno de los acusados, no pudo acreditar un desbalance patrimonial de los ya mencionados durante el juicio oral, motivo por el cual se concluyó, por unanimidad, la absolución de los investigados.
Es así que después de escuchar la sentencia, la fiscal encargada del caso declaró su intención de interponer una apelación con el fin de que la Corte Suprema reconsidere este veredicto y tome una decisión definitiva, mientras que los abogados de los individuos afectados manifestaron su desacuerdo con la resolución.
Como se recuerda, según la imputación del Ministerio Público, que contiene más de 800 folios, los procesados habrían creado empresas mineras, ganaderas y de transporte, a partir de ingresos obtenidos con actividades presuntamente vinculadas al narcotráfico.








