El Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de La Libertad determinó 10 años y 8 meses de prisión contra el suboficial de la Policía, José Hoyos Agip, por considerársele responsable de la muerte de un manifestante durante el paro agrario en la provincia de Virú durante el 2020.
La aplicación de esta pena, derivada del fallecimiento de Jorge Yener Muñoz Jiménez, de 20 años, quien trabajaba para la empresa Campos, y que recibió un impacto de bala en el cráneo y según el informe balístico forense, considerado dentro de lo actuado en este proceso judicial, determinó que dicho proyectil procedió del arma de Hoyos Agip.
Es preciso mencionar que, de acuerdo al artículo 402 del Código Procesal Penal, la Corte dejó en suspenso la aplicación de la orden de carcelería contra el sentenciado, hasta que la resolución emitida en su contra tanga condición de consentida.
Sin embargo, se advirtió al acusado que, durante este periodo, debe cumplir con ciertas condiciones, como no cambiar de domicilio sin autorización y comparecer ante el juzgado cada 15 días. Si incumple estas condiciones, la suspensión de la condena se revocará, y entonces deberá cumplir su pena en prisión conforme a lo establecido por la ley.








