El Concejo Distrital de Florencia de Mora aprobó por unanimidad la ordenanza que norma y regula las competencias municipales para erradicar la elaboración y comercialización de bebidas alcohólicas informales, adulteradas o no aptas para el consumo humano.
El objeto de la norma es regular y prohibir las actividades de fabricación, elaboración, envase, almacenamiento, transporte, comercialización, y venta de alcohol etílico o bebidas alcohólicas informales, adulteradas o no aptas para el consumo humano.
La ordenanza contempla una serie de infracciones, sanciones y multas para las personas que incurran contra la prense normativa. La Municipalidad de Florencia de Mora es la responsable de sancionar el incumplimiento de la norma. El cuadro de infracciones indica que existen dos tipos: grave y muy graves.
El primero es sobre la comercialización y venta de dichas bebidas alcohólicas prohibidas en lugares sin autorización municipal o en la vía pública. La multa es de 1 Unidad Impositiva Tributaria, cuyo valor es de 4200 soles. También se impondrá una clausura del establecimiento por 60 días.
Mientras que las muy graves van desde la venta de dichos productos prohibidos en lugares que tengan licencia de funcionamiento. También se sancionará la fabricación o elaboración de bebidas alcohólicas informales, a pesar de no realizar una actividad ilícita, pero no cumplen con las condiciones y requisitos de ley. En estos casos, la sanción es de 2 UIT, es decir 8400 soles y una clausura de local por 90 días.








