El Congresista de la República, Edgard Reymundo Mercado, presentó el proyecto de ley N° 546/2022-CR, que modifica el artículo 119 del decreto legislativo 635 código penal, a fin de despenalizar el aborto en embarazo infantil.
La presente Ley tiene por finalidad modificar el artículo 119 del Decreto Legislativo 635 Código Penal, con la finalidad de despenalizar el aborto en todos los supuestos de embarazo en menores de catorce años de edad.
Estos son los argumentos que presentó el parlamentario de la bancada Juntos por el Perú:
Justificación de la propuesta normativa. Los índices de embarazo y consecuente maternidad en nuestro país son preocupante y lamentable, por lo que engloba la afectación a las niñas y adolescentes durante toda su vida, pues el daño a la salud y su proyección de vida son perjudicados. El aumento de embarazos de las niñas de 10 a 14 años, tiene en un gran porcentaje de ser el resultado de violaciones sexuales, tal como lo señala el Centro de Emergencia Mujer, pues en el 2020 se tuvo conocimiento de 4,4,21 casos y en el 2021, este incremento a 7,738 niñas víctimas. Asimismo, el Ministerio de Salud precisa con preocupación que durante el año 2020 hubo 1158 nacimiento de niñas-madre de 10 a 14 años, en el 2021 fueron 1430 y 1625 en el 2022.
El embarazo infantil pone en riesgo la vida. Un embarazo infantil, siendo solo un mínimo porcentaje, se encuentra embarazada por situación no deseada, producto de una violación, en la mayoría de veces, o producto de la desinformación, seducción o engaño, a este fenómeno se le denomina como embarazo infantil forzado, debido a que una menor de 14 años queda embarazada sin haberlo buscado o deseado y se le niega, dificulta, demora u obstaculiza la interrupción del mismo.
Problemas mentales – emocionales y sociales. La salud mental, muchas veces dejado de lado, es el estado que permite al ser humano tener bienestar físico, emocional y social, así como nos permite trabajar frente a las complicaciones de la salud física en caso de enfermedades o afecciones, pues nos da estabilidad, resiliencia, soporte y fortaleza. Es así que, frente a situaciones de impacto emocional negativo debido al daño físico, como es el caos de la violación sexual, o en otros supuestos, donde se limite la libertad y la capacidad de decisión y seas forzado por ejemplo a un matrimonio de menor de edad forzado en las zonas indígenas o amazónicas, esto origina un deterioro bastante fuerte y muy difícil de sobrellevar sino se cuenta con ayuda profesional e incluso tratamiento con medicinas.
Efectos económicos y otros de repercusión social. El embarazo infantil origina efectos socioeconómicos, con énfasis en las niñas que se encuentran en situación de pobreza y pobreza extrema, generando más brechas sociales por condición de desigualdad y la falta de oportunidades. Ante este escenario, el impacto en la economía nacional se ve afectada, debido a que muchos factores, sobre toda la violencia, ha originado un incremento preocupante de embarazos forzados, colocándonos en una situación de necesidad y apoyo que debe brindar el Estado, ya que no ingresarían como corresponde al PEA sino más bien deberán ser apoyados a través de los diversos programas sociales, pues no cuentan con las herramientas educativas y profesionales a futuro.
En ese sentido, se refiere que la presente iniciativa legislativa no acarrea ningún gasto al erario nacional, por el contrario, coadyuva a proteger en la vida y salud a las menores de edad que debido a supuestos de violencia, amenaza, daño, coacción, seducción y engaño se les obliga a llevar un embarazo que pone en riesgo su vida, salud y desarrollo. Asimismo, busca proteger al médico que con el consentimiento de uno de los padres o de su representante legal, practicado el aborto a fin de salvaguardar la vida y la salud de la menor de edad embarazada forzadamente.








