La Contraloría General de la República, a través de su Informe de Visita de Control N.° 028-2023-OCI/0424-SVC, advierte que la Municipalidad Distrital de Laredo, liderada por Sergio Vílchez Neyra superó el límite del 5% del total de cargos o puestos existentes para las designaciones de servidores de confianza, situación que afectaría la idoneidad de los procesos de contratación y el acceso a la administración pública.
Según el artículo 29º del Reglamento de la Ley N° 31419, Ley señala que el personal de confianza en ningún caso será mayor al cinco por ciento (5%) del total de cargos o puestos existentes. En tal sentido, se determina que el número máximo de personal de confianza con los que puede contar la municipalidad, es de 10 personas, sin embargo, cuenta con treinta y dos servidores de confianza.
De otro lado, el órgano de control señala que este municipio designó directivos públicos de libre designación y remoción, sin acreditar el cumplimiento de requisitos mínimos que lo sustentan, situación que limita el acceso a puestos que conlleven al cumplimiento de sus fines institucionales. Además, se describe que esta comuna edil no cuenta con Manual de Organización y Funciones (MOF), ni Manual de Clasificador de Cargos (MCC).
Los requisitos mínimos que deben cumplir el personal directivo de libre designación y remoción de la Municipalidad Distrital de Laredo son: formación académica (título profesional otorgado por universidad o su equivalencia), experiencia general de cuatro años y experiencia específica de 3 años en temas relacionados a la gestión municipal, gestión pública y conducción de personal, de los cuales un año debe ser en puestos o cargos de dirección en el sector público o privado o su equivalencia y un año en el sector público.
La Unidad de Personal, hizo entrega de los legajos del personal4 de los siguientes directivos de libre designación y remoción:

Ahora bien, mediante formato N° 01: documentos de gestión, 18 de julio de 2023, el jefe de la Unidad de Personal alcanzó los legajos del personal de confianza de la Entidad, de los siguientes directivos:

En tal sentido, se revisó y evaluó cada uno de los documentos del legajo que sustentan los estudios profesionales, experiencia general y específica de los 9 directivos de libre designación y remoción antes señalados, a fin de verificar si cumplen con los requisitos mínimos establecidos, determinándose que se designó a siete directivos de libre remoción y designación que no cumplen las exigencias establecidas en el citado Reglamento, tal como se detallan en el siguiente cuadro:




De lo expuesto en el cuadro 3, evidenciamos que siete de los nueve directivos de segundo nivel organizacional de la Municipalidad Distrital de Laredo, no cumplen con lo dispuesto en el numeral 18.3 Directivos/as públicos/as de municipalidades tipo A0 y A1 del Subcapítulo III. Requisitos para los/as Directivos/as públicos/as del nivel local del Reglamento de la ley N.° 31419.
El presente informe también refiere que la Municipalidad Distrital de Laredo no acreditó la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos en la normativa legal aplicable para el acceso a la función pública de directivos públicos de libre designación y remoción, situación que puede afectar la continuidad del correcto proceso de designación y remoción de dichos directivos. En ese sentido, se ha advertido que no se consta con la verificación del cumplimiento del perfil por parte del personal directivo de libre designación y remoción.
Sobre el particular es de señalar que el citado Informe n.º 1-2023-MDL/GM de 4 de enero de 2023, emitido por el gerente municipal, José Alfredo Jiménez Arteaga, se informa respecto al cumplimiento de los requisitos mínimos de ocho directivos de libre designación y remoción, advirtiéndose que solo dos de dichos directivos permanecen hasta la actualidad en el ejercicio del cargo, estos son: la jefa de planeamiento y presupuesto, Kristell Amalia Avalos Quintanas, y el gerente de servicios públicos locales, Manuel Hiraoki Villalobos Cabrera (actualmente este funcionario ya no labora en esta entidad); los cuales conforme se ha desarrollado en los párrafos anteriores no cumplen con el perfil del puesto para el cual han sido designados.
Asimismo, el informe detalla que el municipio laredino no acreditó la revisión de la información contenida en registros y plataformas para la verificación de impedimentos para el acceso a la función pública de directivos públicos de libre designación y remoción; asimismo, no se advierte la presentación de declaraciones juradas de no tener impedimentos, situación que puede afectar la continuidad del correcto proceso de designación y remoción de dichos directivos.
Finalmente, la entidad mantiene desactualizado el Cuadro para Asignación de Personal – CAP, el Manual de Clasificador de Cargos; situación que impediría contar con directivos acordes con los fines públicos que persigue su contratación en la administración pública.








