Ángel Rodríguez Salgado, subgerente de Construcción y Saneamiento del Gobierno Regional de La Libertad (GRLL), será sometido a un Proceso Administrativo Disciplinario (PAD), por incurrir en una presunta negligencia en el cumplimiento de sus funciones.
De acuerdo a lo estipulado en la Resolución Sub Gerencial N° 000407-2023-GRLL-GGR-GRA-SGRH, que lleva la firma de Erick Jhon Agreda Llaury, subgerente de Recursos Humanos; señala que Ángel Rodríguez, otorgó conformidad al entregable de 152 sistemas de agua en las provincias de la región La Libertad, lo que generó el pago total a favor de la empresa contratista Grupo Mundo, pese a que un informe emitido por el propio servidor, se consignaba un faltante de 15 sistemas de agua.
«Se imputa a don ANGEL RODRIGUEZ SALGADO, que, presuntamente, de manera negligente, emitió el Informe N° 000338-2022-GRLLGRVCS-ARS, mediante el cual otorgó conformidad, en condición de área usuaria, al entregable de 152 sistemas de agua en las provincias del departamento La Libertad, dando lugar al pago total correspondiente a favor de la Empresa contratista Grupo Mundo, cuando en el Informe N° 002-2023-GRLL-GRVCSARS, emitido por el propio servidor, se consignaba un faltante de 15 sistemas de cloración de agua, con lo cual, don ANGEL RODRIGUEZ SALGADO estaría incurso en la comisión de falta administrativa consistente en negligencia en el desempeño de las funciones tipificada en el inciso d) del Artículo 85° de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, complementado con lo establecido en el numeral 4.2.5, cargo: Director de Programa Sectorial II – Sub Gerente, literal h) del MOF de la Gerencia Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 1055-2016-GRLL/PRE, según el cual le correspondía cumplir sus funciones específicas del cargo, como es la de cumplir otras funciones que se le asigne», señala la parte más importante de la referida resolución.
De acuerdo a la citada resolución, el subgerente de Construcción y Saneamiento tiene 5 días hábiles, siguientes a la notificación del documento, para presentar sus descargos, o presentar una solicitud de prórroga, dentro de dicho plazo.








