Pacasmayo: dictan 7 meses de prisión preventiva contra sujeto acusado de feminicidio

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El juez Noe Navarro Chávez, del Juzgado de Investigación Preparatoria de San Pedro de Lloc, dictó siete meses de prisión preventiva, por el delito de feminicidio, contra Walter Roberto Tanta Pérez por haber asesinado a la madre de sus dos hijos, Dina María Vásquez Yupanqui, en el sector puente Olivares, en el distrito de Guadalupe, en la provincia de Pacasmayo.

El magistrado determinó que había suficientes elementos de convicción sobre la comisión de ese delito, así como se cumplían los presupuestos establecidos por ley para dictar prisión preventiva contra Tanta Pérez, quien decidió entregarse a la Policía tras la muerte de la mujer, con quien se había separado en diciembre de 2023.

Según las investigaciones, el feminicidio se registró en la casa de la víctima, ubicada en Puente Olivares, donde el acusado ingresó para matarla con un cuchillo que cogió en la cocina. Tras cometer el asesinato, Tanta Pérez se cambió el polo que estaba ensangrentado y se fue a entregar a la policía de San José, en Pacasmayo, no sin antes contarle a su hija mayor lo que había cometido.

“Lo siento hija, lo maté a tu mamá”, fue lo que le dijo el criminal, quien argumentó haber actuado cegado por celos al enterarse que la víctima estaba en amoríos con otro hombre y que eso lo había descubierto al explorar en su celular de ella.

Al encontrar el cuerpo de Dina María Vásquez Yupanqui se observó que tenía los cortes uno al lado izquierdo del cuello, dos a la altura del pecho, uno a la altura del esternón y otro, cinco centímetros más abajo, además de un corte en el muslo izquierdo y otro en la pierna izquierda.

El imputado ha admitido su responsabilidad en los hechos, reconociendo ser celoso, que se enfureció más cuando la agraviada admitió que sí tenía una relación y que cuando se entregó a la Policía, sí les dijo que había matado a su ex conviviente por celos.

Es así que, de acuerdo al Código Penal, Walter Roberto Tanta Pérez podría recibir una pena no menor de 20 ni mayor de 35 años de pena privativa de libertad.