Contraloría pondrá en vigencia nueva regulación para Obras por Administración Directa

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A partir del 1 de junio de 2024 entra en vigencia la nueva regulación aprobada por la Contraloría General para la ejecución de Obras por Administración Directa, que procurará una ejecución efectiva y transparente de las obras públicas y que será de obligatoria atención por parte de autoridades y funcionarios de las entidades sujetas a control gubernamental.

La Contraloría General oficializó la fecha de vigencia de la Directiva N° 017-2023-CG/GMPL que regula la “Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa”, mediante la Resolución de Contraloría N° 183-2024-CG publicada el último 27 de marzo en el diario oficial El Peruano.

Esto permitirá que la ejecución de obras por administración directa se realice de manera célere y transparente, procurando las mejores condiciones de calidad, costo, oportunidad, y en el marco de un adecuado control.

Para la fase de preparación de las obras, se emiten disposiciones a fin de que las entidades cautelen el aprovisionamiento necesario de bienes, servicios y personal, previo al inicio y ejecución física. Respecto a la calidad, se requerirá que la obra cuente con un expediente técnico adecuado a la metodología BIM, así como la aplicación de liquidaciones parciales. Para mayor transparencia, se implementará el uso del cuaderno de obra digital y apertura a la participación y vigilancia ciudadana.

Otros beneficios del nuevo marco normativo están relacionados con los requisitos para el perfil del personal clave, disposiciones para la aprobación de modificaciones significativas y no significativas, y para el correcto dimensionamiento del expediente técnico, evitando los sobrecostos de obra. Y en adición a lo antes señalado, cabe precisar que, se están señalando disposiciones para la implementación y funcionamiento de la oficina de obras por administración directa.

El alcance de la nueva medida será de ejecución obligatoria para todos los pliegos del gobierno nacional, regional, y local, así como todas las entidades de tratamiento empresarial o empresas públicas bajo el ámbito del FONAFE y del Sistema Nacional de Control.