Contraloría: HBT usó figura de Covid-19 para adjudicar servicio a empresa sin proceso de licitación

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El Hospital Belén de Trujillo (HBT) en el año 2022 convocó la Adjudicación Simplificada N° 39-2022-HBT “Contratación del servicio de mantenimiento de la infraestructura de implementación de central de mezclas intravenosa y nutrición parenteral del Hospital Belén Trujillo”, con valor estimado de S/ 311 432 50.

Este procedimiento de selección fue cancelado, para luego realizarse la Contratación Directa N° 015-2022-HBT, pasando a tener un monto de S/ 390 mil, superando al valor antes mencionado.

La empresa que se adjudicó la buena pro de este servicio fue la Contratista Kaisser’s Arquitectos Construcciones Servicios y Logístico en General S.A.C., luego que se entregara bajo la causa de emergencia sanitaria por Covid-19, pese a que no configuraba dicho supuesto de contratación.

Cabe precisar que la Adjudicación Simplificada fue cancelada con Resolución Directoral N° 925-2022-HBT de 19 de diciembre de 2022, por la entonces directora del HBT, Rosa Hernández, acción solicitada por Cinthia Mederos Montero, jefa de la Oficina de Logística, argumentando que se debía a razones de fuerza mayor (caso fortuito), señalando que el otorgamiento de la buena pro y la suscripción del contrato se realizarían en el año 2023.

Ahora bien, el 22 de diciembre, la jefa del Área de Información y Programación, Evelyn Ulloa, solicitó cotizaciones a distintos proveedores para el citado servicio de mantenimiento, figurando entre ellos el de la Contratista Kaisser’s Arquitectos Construcciones Servicios y Logístico en General S.A.C.

“En consecuencia, mediante informe N° 90-2022-GR-LL-GG/GS-HBT-OUAI de 23 de diciembre de 2022, la señora Evelyn Gisela Ulloa Brocca, jefa del Área de Información y Programación, remitió a la señora Cinthia lvonne Mederos Montero, jefa de la Oficina de Logística, la indagación de mercado, en la cual señaló que el valor estimado de la contratación del servicio de mantenimiento fue S/ 390 000 (monto superior al valor estimado de la Adjudicación Simplificada N° 39-2022-HBT) y que el procedimiento de selección sería una Contratación Directa por la causal de situación de emergencia sanitaria por Covid-19”

Es de señalar, que Ulloa Brocca no debió realizar un estudio de mercado (cotizaciones) y tampoco consignar que el procedimiento de selección se realizara mediante contratación directa, porque no se enmarcaba en una emergencia sanitaria por Covid-19. Además, que había realizado una indagación de mercado para la contratación de este servicio, determinando que correspondía realizar una Adjudicación Simplificada por el monto de S/ 311 432 50.

“La contratación no resultaba indispensable para prevenir los efectos de la pandemia o para atender los requerimientos generados como consecuencia directa del Estado de Emergencia Nacional a consecuencia del Covid-19”

Modificación del plazo de entrega de la orden de servicio

Tras concretarse la adjudicación directa de este servicio, para su ejecución se emite la orden de servicio N° 0001028 (26 de diciembre de 2022) por S/ 390 mil para el contratista, en el que se modifica el plazo para realizar el servicio.

La empresa Kaisser’s en su cotización especificó que el trabajo de mantenimiento lo realizaría en 20 días calendarios, sin embargo, César Robles Hilario, apoyo administrativo del Área de Información y Programación, quien elaboró la referida orden de servicio, modificó el plazo de entrega de veinte a cuatro días calendario, hasta el 30 de diciembre de 2022.

“Es de mencionar, que la orden de servicio N° 0001028 de 26 de diciembre de 2022, fue suscrita por las señoras Alida Mercedes López Gamarra, jefa del Área de Adquisiciones y Cinthia lvonne Mederos Montero, jefa de la Oficina de Logística, en señal de autorización del servicio, quienes no advirtieron la modificación del plazo de entrega de la orden de servicio”

En ese sentido, la contratista inició su labor el 27 de diciembre de 2022 y según lo establecido en la orden de servicio, debía culminar los trabajos el 30 de diciembre del mismo año. Sin embargo, el 28 de diciembre de ese año, el jefe de la Oficina de Servicios Generales y Mantenimiento, Richard Herrera Díaz, dio conformidad a la orden de servicio, señalando que la empresa había cumplido con el servicio, a pesar que esto no fue así.

Ese mismo día, la contratista remitió la factura electrónica N° E001-73, por el servicio de mantenimiento, por un importe monetario de S/ 390 mil, por la totalidad del servicio realizado, cuando apenas había pasado un día de haberse iniciado el trabajo de mantenimiento.

“Con la finalidad de tramitar el pago del Contratista, es que la Oficina de Economía recepcionó de la Oficina de Logística, el expediente conteniendo los actuados de la orden de servicio N° 0001028 de 26 de diciembre de 2022; también, el 28 y 30 de diciembre de 2022, realizó el devengado y el girado de la orden de servicio, respectivamente, así como emitió los comprobantes de pago N° 05 3648, 3649 y 3650 a favor del contratista por el precitado servicio de mantenimiento, efectuándose el 2 y 3 de enero de 2023, el pago total del servicio al Contratista por el monto de S/ 390 mil”

Respecto a los trabajos no concluidos, la ingeniera civil del órgano de Control Institucional de la Gerencia Regional de Control de La Libertad advirtió que hasta julio existían nueve partidas no ejecutadas, trece partidas ejecutadas parcialmente y seis partidas ejecutadas deficientemente, ocasionando un perjuicio económico al HBT ascendente a S/ 149 546 64.

Respecto a la inaplicación de penalidad

El contratista al incumplir con ejecutar los trabajos en la fecha indicada, le correspondía al citado nosocomio aplicar una penalidad por mora de 39 mil soles, monto que constituye un perjuicio económico al HBT. Cabe precisar que la obra lleva abandonada aproximadamente un año y medio, situación que retrasa la atención oportuna de los servicios oncológicos que requieren los pacientes diagnosticados con cáncer.

“No obstante, se advierte que, el señor Richard Antonio Herrera Díaz, jefe de la Oficina de Servicios Generales y Mantenimiento, al haber otorgado la conformidad y consecuentemente haberse realizado el pago total del servicio sin haberse concluido, imposibilitó a la entidad, deducir del pago final la penalidad por mora por retraso injustificado”

Cabe precisar que estos hechos, han ocasionado que no se usen de manera correcta los fondos destinados a luchar contra el cáncer. Además, entre el perjuicio económico por partidas no ejecutadas en su totalidad y el no cobro de penalidades, se presentó un perjuicio económico total de S/ 188 546 64.

Identificación de personas involucradas en los hechos específicos presuntamente irregulares

La situación descrita, habría sido ocasionada por el accionar de Evelyn Gisela Ulloa Brocca, jefa del Área de Información y Programación; César Enrique Robles Hilario, apoyo administrativo del Área de Información y Programación; Cinthia lvonne Mederos Montero, jefa de la Oficina de Logística; Alida Mercedes López Gamarra, jefa del Área de Adquisiciones, y Richard Antonio Herrera Díaz, jefe de la Oficina de Servicios Generales y Mantenimiento y representante del área usuaria.

Esta nota periodística fue realizada en base a lo descrito en el Informe de Control Específico N° 09-2024-2-0640-SCE, el cual fue enviado al director del HBT, Víctor Fernández Gómez.