Aprueban ordenanza que reglamenta el transporte menor en Alto Trujillo

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El pleno del Concejo de la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT) aprobó por unanimidad la ordenanza que reglamenta y regula el servicio de transporte público de pasajeros y carga en vehículos menores en el distrito de Alto Trujillo.

Esto fue en sesión extraordinaria donde se evaluó el expediente N° 68739 y 13096-2026-MPT, generado por la Subgerencia de Servicios Municipales de la Municipalidad Distrital de Alto Trujillo, debido al crecimiento de la informalidad, riesgos para usuarios, falta de control y fiscalización y la necesidad de adecuación normativa.

La ordenanza aprobada busca regular, ordenar, autorizar, supervisar y fiscalizar el servicio de transporte público especial de pasajeros y carga en vehículos menores.

Entre las competencias aprobadas están: fiscalizar el transporte público especial de pasajeros en vehículos menores dentro de la jurisdicción; otorgar permisos de operación y autorización de paraderos para este servicio; registrar y actualizar el padrón general de conductores; otorgar tarjeta de circulación, sticker, certificado de educación y seguridad vial, y credencial de conductor a los vehículos formales.

Renovar, modificar, ampliar, suspender, revocar y cancelar el permiso de operación; determinar la ubicación de paraderos; actualizar los registros de personas jurídicas, propietarios y vehículos; constatar características físicas y técnicas de los vehículos; organizar cursos de educación y seguridad vial.

También, realizar acciones de fiscalización; retirar y/o dar de baja de oficio las tarjetas de circulación de vehículos menores que tienen 3 meses de vencidas; y prohibir o restringir la circulación o estacionamiento en vías públicas o áreas urbanas declaradas zonas rígidas o restringidas.

El permiso de operación que se otorgue tendrá una vigencia de 10 años y será emitido mediante resolución de Alcaldía, para la renovación se verificará que el vehículo esté en buenas condiciones. La renovación del permiso se iniciará con solicitud presentada dentro del plazo de 60 días calendario anteriores a la fecha de vencimiento y esta será también por un periodo de 10 años.

La habilitación vehicular o tarjeta de circulación será expedida por la autoridad administrativa municipal, visada por el subgerente de Servicios Municipales y tendrá una vigencia de 1 año.

La credencial del conductor, que lo habilita para la prestación del servicio público de transporte en vehículos menores tendrá una vigencia de 1 año.