Condenan a 30 años de prisión a mujer que secuestró a bebé recién nacida en Hospital Belén

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El Juzgado Penal Colegiado Transitorio de la Unidad de Flagrancia de La Libertad condenó a 30 años de pena privativa de libertad efectiva a Yusmeli del Carmen Hernández Ysturis, como autora del delito de secuestro agravado cometido en agravio de una bebé de apenas un día de nacida.

La sentencia fue emitida el 12 de junio de 2026 dentro del caso fiscal N.° 4428-2025, constituyendo un importante precedente en la lucha contra los delitos que atentan contra la libertad personal y la integridad de los menores de edad.

Los hechos ocurrieron cuando la sentenciada, mediante engaños y sin contar con autorización alguna, retiró a la recién nacida de iniciales L.L.M.R. del Hospital Belén de Trujillo, separándola ilegalmente de su madre, Liliana Esther Rafael Quispe.

Aprovechando la condición de vulnerabilidad de la menor, quien contaba con tan solo un día de vida, la trasladó hasta su domicilio, donde permaneció retenida hasta ser ubicada y rescatada por efectivos policiales, siendo posteriormente devuelta al establecimiento de salud para continuar con la atención médica correspondiente.

Ante esto, el Fiscal Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Trujillo, Juan Alexander Huamán Rojas, solicitó la medida de prisión preventiva contra la imputada. El requerimiento, presentado el 30 de agosto de 2025, fue declarado fundado por el Poder Judicial por un plazo de nueve meses.

Durante dicho periodo, la Fiscalía desplegó una intensa y célere actividad investigativa, reuniendo los elementos de convicción necesarios para esclarecer plenamente los hechos, identificar la responsabilidad penal de la acusada y sustentar una acusación sólida. Como resultado de este trabajo, la investigación fue concluida en tiempo oportuno y el requerimiento acusatorio fue presentado el 4 de diciembre de 2025.

Tras ello, el órgano jurisdiccional emitió una sentencia condenatoria ejemplar, imponiendo a la acusada 30 años de prisión efectiva, además del pago de una reparación civil ascendente a S/ 10,000.00 a favor de la agraviada.