Tribunal interviene otra vez en municipio de Huanchaco y revoca buena pro otorgada al Consorcio Las Camelias

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A través de la Resolución 06044-2026-TCP- S3, el Tribunal de Contrataciones Públicas (TCP) revocó la buena pro del “Mejoramiento del servicio recreativo en el parque infantil Las Camelias del Centro Poblado María del Socorro, Distrito de Huanchaco, Trujillo”, que había sido adjudicado al Consorcio Ejecutor Las Camelias, integrado por las empresas Ingeniería D & R E.I.R.L. y JCA Contratistas Generales SRL, por la Municipalidad Distrital de Huanchaco.

El proyecto, valorizado en S/ 1,010,669.99, había sido adjudicado el pasado 12 de mayo del presente año, sin embargo, pocos días después, el postor Consorcio Ejecutor La Libertad, integrado por las empresas AEC Servicios Generales Salvilca E.I.R.L. y Five G & F E.I.R.L., interpuso un recurso ante el TCP solicitando que se le adjudique los 5 puntos correspondientes al factor de evaluación “Integridad en la contratación pública”, se descalifique la oferta del Consorcio Las Camelias, y, en consecuencia, se les adjudique la buena pro.

Tras analizar la documentación presentada, el Tribunal concluyó que “una interpretación que excluya automáticamente las certificaciones emitidas bajo la versión 2016, pese a mantener vigencia y reconocimiento técnico, supone privilegiar una exigencia estrictamente formal por encima de la acreditación efectiva de la condición evaluada, desnaturalizando la finalidad del factor de evaluación previsto en las bases integradas”.

En consecuencia, señaló que sí corresponde otorgar al Consorcio La Libertad los 5 puntos correspondientes al factor de evaluación “Integridad en la contratación pública”, lo cual había sido desestimado en un inicio por el comité de selección.

Además, se identificó que la oferta del consorcio ganador de la buena pro fue sustentada con documentación que vulnera el principio de presunción de veracidad y el principio de integridad que rigen la participación de los proveedores en los procedimientos de selección, por lo que corresponde descalificarla revocar la buena pro otorgada a su favor.

Es así que, tras ser declarada como descalificada la oferta del Consorcio Las Camelias, y haber ocupado el segundo lugar del orden de prelación el Consorcio La Libertad, corresponde que se le adjudique la buena pro del citado procedimiento de selección.