El Juzgado Mixto de Parcoy dictó nueve meses de prisión preventiva contra Diego Gonzales Sifuentes por la presunta comisión del delito contra la libertad sexual, en la modalidad de violación sexual, en agravio de una ciudadana en Pataz.
De acuerdo con los elementos de convicción presentados, el investigado actuó de forma directa, inmediata y esencial en la realización del delito. El dictamen fiscal y judicial resalta que el agresor se aprovechó del estado de mareo y vulnerabilidad de la agraviada para someterla, una circunstancia que reforzó su capacidad ofensiva y su disposición a violentar a una mujer. Este elemento se encuentra expresamente contemplado como un agravante en el marco legal vigente.
La conducta atribuida al imputado se encuentra tipificada en el artículo 170 del Código Penal (Violación Sexual), el cual sanciona los actos de acceso carnal o actos análogos mediante el uso de la violencia, la fuerza o aprovechándose de un entorno que impida a la víctima dar su libre consentimiento.
Debido a las agravantes específicas del caso el imputado podría enfrentar una pena privativa de la libertad no menor de veinte, ni mayor de veintiséis años.








