Vía notarial: Director Tesorero del CIP La Libertad rechaza haber intentado beneficiar a empresa de vigilancia

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A través de una carta notarial enviada a Macronorte.pe, Enrique Solís Alcalde, Director Tesorero del Colegio de Ingenieros del Perú (CIP) – La Libertad, solicitó la rectificación de la información vertida en la nota periodística titulada: “CIP-La Libertad descalifica a empresa de seguridad por documentos falsos y denunciará a director tesorero”.

En la publicación se detalló que, se viene evaluando la presunta intervención de Enrique Solís Alcalde en el proceso de licitación para la contratación del servicio de vigilancia institucional, y habría promovido acciones destinadas a favorecer la participación de FORCA DELTA S.A.C.

Además, se indicó que el gremio profesional presentará una denuncia penal ante el Ministerio Público contra FORCA DELTA S.A.C. por la presunta comisión de delitos contra la fe pública, en las modalidades de falsificación de documentos y uso de documento falso.

Al respecto, en el documento notarial, Enrique Solís niega haber promovido, coordinado o ejecutado acciones destinadas a favorecer indebidamente a la empresa FORCA DELTA o a cualquier otro participante del proceso de selección mencionado.

También, menciona que en la publicación no se identifica algún documento que sustente que el CIP-La Libertad lo podría denunciar por el caso en mención.

“No se identifica un acuerdo del Consejo Departamental, una resolución, una decisión del órgano competente ni otro acto institucional formal que sustente dicha afirmación”, refiere.

Sin embargo, en el documento remitido por el gremio profesional a la empresa FORCA DELTA se menciona que se evaluará la denuncia ante el Ministerio Publico por los delitos de falsificación de documentos y violación de correspondencia contra quienes resulten responsables, así como la denuncia ante el Tribunal Departamental de Ética, lo que incluiría a funcionarios de la actual gestión.

Finalmente, Enrique Solís indica que en la nota periodística no se acredita que él haya habilitado una nueva cuenta institucional para que la empresa efectuara el pago del derecho de admisión cuando el plazo establecido en las bases del concurso ya habría vencido.

“La publicación no exhibe el documento, acta, resolución, comunicación institucional, registro administrativo que acredite que una supuesta habilitación de cuenta institucional hubiera sido promovida por mi persona”, agrega.