El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró fundado el recurso de apelación presentado contra la Resolución N.° 01151-2026-JEE-TRUJ/JNE, emitida el 17 de junio de 2026 por el Jurado Electoral Especial (JEE) de Trujillo, que había declarado improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos de Alianza para el Progreso (APP) a la Municipalidad Distrital de Huaso, provincia de Julcán, región La Libertad.
El JEE había determinado que la lista encabezada por Eugenio Cedano Otiniano no cumplía con la cuota de jóvenes establecida en los numerales 33.1 y 33.2 del artículo 33 del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para las Elecciones Municipales 2026.
Ante esta decisión, APP presentó un recurso de apelación. Tras evaluar los argumentos y la documentación correspondiente, el JNE resolvió dejar sin efecto la improcedencia y permitir la inscripción de la lista de candidatos de la organización política para la alcaldía de Huaso, quedando habilitada su participación en los comicios del próximo 04 de octubre 2026.








