El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró fundado el recurso de apelación presentado contra la Resolución N.° 00322-2026-JEE-SCAR/JNE, emitida el 17 de junio de 2026 por el Jurado Electoral Especial (JEE) de Sánchez Carrión, que había declarado improcedente la solicitud de inscripción de Jack Robert Díaz Paredes, candidato del Partido Aprista Peruano (APRA) a la alcaldía del distrito de Quiruvilca, provincia de Santiago de Chuco, región La Libertad.
Asimismo, el JEE de Sánchez Carrión había formulado observaciones respecto de la inscripción de Yumari Danixa Mercedes Díaz, candidata a regidora por la misma organización política.
La decisión del órgano electoral se sustentaba en que ambos postulantes no habían presentado documentación con fecha cierta que permitiera acreditar que habían domiciliado de manera continua durante los dos años anteriores en la circunscripción por la cual postulan, requisito establecido por la normativa electoral.
Ante esta decisión, el APRA interpuso el correspondiente recurso de apelación. Luego de evaluar los argumentos expuestos y la documentación presentada, el JNE resolvió dejar sin efecto la improcedencia de las inscripciones, permitiendo la participación electoral de ambos candidatos en Quiruvilca.
De esta manera, Jack Robert Díaz Paredes y Yumari Danixa Mercedes Díaz quedan habilitados para participar en los comicios municipales del próximo 4 de octubre de 2026, representando al APRA en el distrito de Quiruvilca.









