Este 10 de setiembre vence el primer plazo de adecuación del reglamento de la Ley 31814 y la inteligencia artificial (IA) deja de ser una promesa para convertirse en una obligación exigible. Quien desarrolle o implemente sistemas de IA en salud, educación, justicia, seguridad, economía y finanzas responderá jurídicamente por ello.
El deber alcanza a todos. Ministerios, gobiernos regionales, municipios, universidades, colegios, bancos, clínicas, aseguradoras, entre otros que entran al mismo tiempo en régimen de cumplimiento, junto a los tres poderes del Estado y los organismos constitucionales autónomos. Pero entre la norma y la práctica hay una brecha enorme. ¿Cuántas de esas instituciones se encuentran aptos para gobernar la IA y los datos, señalar a un responsable y explicar quién detiene un algoritmo cuando falla? Cerrar esa brecha es la oportunidad que tenemos por delante, y hay una brújula que debemos seguir: la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad, fin supremo de la sociedad y del Estado.
El 24 de agosto de 2026, la SGTD publicó el catálogo de aplicaciones con IA en el Estado peruano, que registra veinticinco sistemas en operación. Entre ellos, CURIA del Poder Judicial, EleccIA del Jurado Nacional de Elecciones, Biofacial del Reniec y CadEye del Hospital Regional de Lambayeque, entre otros, todos en ámbitos donde el artículo 24 concentra los usos de riesgo alto.
El abogado principal de UPAO, árbitro y especialista en gobernanza y regulación de IA, Luis Fernando Armas Salazar, señaló que ningún algoritmo tiene voluntad, imputabilidad ni patrimonio con qué responder. La decisión final y la responsabilidad siempre serán humanas. Gobernemos la inteligencia artificial, porque lo que no gobernamos termina gobernándonos.








