TCE interviene en municipio de Parcoy y anula licitación adjudicada a Consorcio Nuba Ingeniería

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Una investigación de Macronorte corroboró, a través de los archivos del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), que la empresa Nuba y Revaq Ingeniería y Construcción S.A.C. desde su creación ha contratado exclusivamente con la Municipalidad Distrital de Parcoy.

En esa línea se identificó que, el pasado 27 de setiembre de 2024, la citada comuna, liderada por el alcalde Alfredo Uriol, otorgó la buena de la obra “Mejoramiento del servicio de agua potable rural en centro poblado de Parcoy distrito de Parcoy de la provincia de Pataz del departamento de la Libertad” al Consorcio Nuba Ingeniería, integrado por las empresas Nuba y Revaq Ingeniería y Construcción S.A.C. y Grupo Constructor El Marañon E.I.R.L., por un valor de S/ 826,890.43.

Sin embargo, con fecha 4 de octubre, el Consorcio Mago, conformado por las empresas Contratistas Mago S.A.C. e Inversiones FM S.A.C, presentó ante el Tribunal de Contrataciones del Estado (TCE) un recurso de apelación contra el puntaje otorgado a la oferta del Consorcio Nuba Ingeniería, solicitando se establezca un nuevo orden de prelación y, en consecuencia, se le otorgue la buena pro.

Según refieren, en la etapa de evaluación de ofertas todos los postores admitidos empataron con el mismo puntaje, por lo que el orden de prelación se debería haber determinado a través de un desempate, donde según la norma las empresas o los consorcios integrados por empresas promocionales de personas con discapacidad tienen preferencia.

Pese a ello, indicaron que tras revisar la oferta del Consorcio Nuba Ingeniería se identificó que no tienen la constancia como empresas promocionales de personas con discapacidad correspondiente, incumpliendo así el Reglamento.

En esa línea, precisaron que, al haber obtenido el segundo lugar en el orden de prelación, con el mismo puntaje obtenido por el citado consorcio ganador, les corresponde el beneficio para empresas promocionales de personas con discapacidad, por lo que tendrían que ocupar el primer lugar en el orden de prelación, correspondiéndole el otorgamiento de la buena pro.

Respecto a este punto, también se pronunció la Municipalidad de Parcoy, mencionando que hubo un error en la verificación completa de los documentos, por lo cual, se debería revocar la buena pro al Consorcio Nuba Ingeniería “en cumplimiento de las normas vigentes en materia de contrataciones del Estado”.

No obstante, tras la revisión de documentos, el TCE identificó un vicio de nulidad el procedimiento de selección debido a que las bases no se ajustarían a la ficha homologada mediante Resolución Ministerial N° 249 2020- VIVIENDA aprobada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Precisamente se cuestiona que la experiencia del personal clave y la definición de obras similares no se ajusta a la citada resolución.

“Se observa que el requerimiento de la Entidad es contrario a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 249-2020-VIVIENDA en cuanto a lo que corresponde a las exigencias requeridas para el personal clave y la definición de obras similares; debiendo tenerse en cuenta que ello puede tener un impacto en la ejecución de la obra, pues, incluso omitió los cargos de Especialista Ambiental y Electromecánico para su ejecución”, menciona el Tribunal.

Además, precisaron que esta situación tiene injerencia directa en la forma en que el comité de selección de la comuna de Parcoy verificó que los postores cumplen con las exigencias necesarias para la ejecución de la obra, “por lo que podría tener un impacto en dicha etapa, poniendo en riesgo los fines y objetivos de la presente contratación”.

Finalmente, a través de la Resolución N°4742-2024-TCE-S5, el Tribunal de Contrataciones del Estado dispuso la nulidad de oficio del citado proceso de selección, debiendo retrotraerse la licitación hasta la etapa de absolución de consultas y observaciones.