El congresista Alfredo Pariona Sinche, de la bancada Socialista, presentó el proyecto de ley N°9650/2024-CR que establece la equivalencia entre el monto de la pensión mínima y la remuneración mínima vital. La remuneración mínima en el Perú fijada en el 2022 es de S/1 025 por laborar 8 horas diarias o 48 horas semanales.
Según la Ley 32123, la pensión mínima vital está destinada a los aportantes que hayan alcanzado la edad de jubilación y que cumplan con los requisitos establecidos de años de aporte. Los aportes pueden ser obligatorios, voluntarios o complementarios al momento de la jubilación. En el Sistema Nacional de Pensiones, aquellos pensionistas con 20 años o más de aportes reciben una pensión mínima de S/500.
La iniciativa legislativa modifica el artículo 26 de la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, que establece que la pensión mínima vital no podrá ser inferior a la remuneración mínima vital vigente.
Por lo tanto, si se produce un aumento en la remuneración mínima, la pensión mínima también deberá ajustarse. La evaluación de la pensión mínima será vinculada a las variaciones en el monto de la remuneración mínima vital.
El presente proyecto de ley buscaría igualar las pensaiones de jubilación con la remuneración mínima vital, buscando mejorar las condiciones de los beneficiados del Sistema Nacional de Pensiones.








