Gobierno promulga ley que autoriza el retiro de hasta S/ 21 400 de AFP

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El Poder Ejecutivo promulgó la norma que autoriza el retiro extraordinario y facultativo de los fondos de los afiliados al sistema privado de pensiones hasta por el monto de cuatro unidades impositivas tributarias (4 UIT), es decir, 21 400 soles, así como establece otras disposiciones.

El retiro de los fondos a que se refiere la presente ley mantiene la condición de intangible y no puede ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención o cualquier otra forma de afectación, sea por orden judicial o administrativa, sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados.

El procedimiento para el retiro extraordinario y facultativo de los fondos pensionarios es el siguiente:

a) Los afiliados presentan su solicitud de manera física o virtual dentro de los noventa días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la presente ley.

b) Se abona un monto de hasta una unidad impositiva tributaria (1 UIT) cada treinta días calendario. El primer desembolso se realiza a los treinta días calendario de presentada la solicitud ante la administradora privada de fondos de pensiones a la que pertenezca el afiliado.

c) En el caso de que el afiliado desista de continuar retirando los fondos de su cuenta individual de capitalización, puede solicitarlo por única vez a la administradora privada de fondos de pensiones diez días calendario antes del siguiente desembolso.