El pasado 26 de noviembre de 2025, la Municipalidad Provincial de Ascope, bajo la gestión de María del Rosario Cortijo, adjudicó la buena pro del “Mejoramiento de los servicios de espacios públicos urbanos en alameda de ingreso principal al distrito de Ascope distrito de Ascope de la provincia de Ascope”, a la Constructora Elcide E.I.R.L, por un monto de S/ 277,904.93.
Sin embargo, el 5 de diciembre, el postor Consorcio Piura, integrado por Consajak Cix S.A.C y Grupo Empresarial Orfa Negocios Construcciones & Servicios S.A.C, presentaron un recurso de apelación ante el Tribunal de Contrataciones Públicas (TCP) contra la no admisión de su oferta, contra la calificación de la oferta de la mencionada constructora y contra el otorgamiento de buena pro.
En esa línea, solicitaron que se “revoque la no admisión de su oferta, declarándose admitida; se declare descalificada la oferta del Adjudicatario; se establezca que no corresponde al Adjudicatario el beneficio de desempate vinculado a la condición de microempresa o pequeña empresa integrada por personas con discapacidad; se califique y evalué la oferta del Consorcio Impugnante; y se le otorgue la buena pro”.
Posteriormente, durante la revisión de documentos, el TCP identificó que la no admisión de la oferta del Consorcio Piura no se ajusta a derecho por sustentarse en una condición ajena a las condiciones expresas de admisión, por lo que, se debe revocar la no admisión de su oferta, declarándola admitida.
Además, corresponde dejar sin efecto el otorgamiento de la buena pro a la Constructora Elcide y debe declararse que no corresponde a la citada constructora gozar del beneficio de desempate vinculado a la condición de empresa promocional de personas con discapacidad.
El TCP también dispuso que la comuna de Ascope, a través del comité de selección, califique y evalúe la oferta del Consorcio Piura, prosiga con las demás actuaciones del procedimiento y otorgue la buena pro al postor que corresponda.








