En sus fundamentos de voto con relación al procedimiento de suspensión iniciado contra el alcalde Arturo Fernández Bazán, el presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Jorge Salas Arenas, también indicó que se debería evaluar el proceso de vacancia a la sentenciada autoridad edil de Trujillo.
Esto debido a que según el artículo 22 numeral 6 de la Ley N°27972 Ley Orgánica de Municipalidades, señala que el cargo de alcalde se declara vacante por el concejo municipal por sentencia judicial consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de libertad.
En esa línea, Salas Arenas precisó que existe la sentencia en segunda instancia, bajo el marco normativo del Código Procesal Penal de 2024, lo cual implica que la condena se encuentra firme, por lo tanto se ha concluido el proceso penal.
«Corresponde que el procedimiento a evaluarse en contra de la autoridad municipal sea el de vacancia, de acuerdo con el artículo preciado y según corresponda», se lee en el documento.









