Fue acordado por unanimidad por el Concejo de la Municipalidad Provincial de Trujillo la ordenanza que establece la prórroga hasta el 31 de marzo de este año para la presentación de la declaración jurada y el pago del ejercicio fiscal 2020 por impuesto predial e impuesto al patrimonio vehicular.
También se aprobó por unanimidad la ordenanza que fija la tasa de interés moratorio aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional, correspondientes a tributos administrados o cuya recaudación estuviera a cargo del Servicio de Administración Tributaria de Trujillo (SATT).
Igualmente la ordenanza que fija el derecho de servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del impuesto predial e impuesto al patrimonio vehicular y su distribución a domicilio para el ejercicio del año fiscal para el año 2020.
Según lo aprobado, se prorroga hasta el 31 de marzo del presente año el plazo para la presentación de la declaración jurada anual y el pago al contado del impuesto predial e impuesto al patrimonio vehicular correspondiente al ejercicio fiscal 2020.
Se prorroga además hasta el 31 de marzo el plazo para el pago de la primera cuota trimestral del impuesto predial e impuesto al patrimonio vehicular del ejercicio 2020. El pago de las demás cuotas de acuerdo con lo establecido en la ley, se efectuará según el siguiente cronograma: segunda cuota hasta el 29 de mayo del 2020, tercerea cuota hasta el 31 de agosto del 2020 y cuarta cuota hasta el 30 de noviembre del 2020.
Se fija, de la misma manera, en 1.20% mensual la tasa de interés moratorio aplicable al monto del tributo no pagado correspondiente a cualquier ejercicio fiscal y que administra el SATT.
Esto fue previamente evaluado y dictaminado por la comisión ordinaria de Administración, Contabilidad, Finanzas, Planificación y Presupuesto, Organismos Descentralizados de la MPT, que preside José Ruiz Vega e integran los regidores Hernán Aquino Dionisio y Noé Anticona Solórzano.