Covid-19: Consejero Roberto Portilla pide medidas extraordinarias para La Libertad

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Por la crisis en el sector Salud, agravada por el Covid-19, el consejero por Trujillo Roberto Portilla Lezcano pidió que el Ministerio de Salud intervenga directamente en la gestión de acciones para mitigar tal situación, principalmente en lo económico financiero, para reducir el impacto de la pandemia en La Libertad.

“La epidemia sigue en fase de crecimiento rápido, parece incontrolable, llegando a registrar a la fecha 23,027 infectados y un total de 2,106 fallecidos. La población carente de recursos económicos para atenderse clama por esta intervención para reducir los niveles de contagio y muertes”, manifestó.

Para ello instó al Consejo Regional se agende a la brevedad su pedido de exhortar al gobernador regional Manuel Llempén Coronel para que gestione ante el Presidente de la República, Martín Vizcarra, apruebe medidas extraordinarias en materia económica y financiera a que permitan la intervención del Ministerio de Salud.

Ni el estado de emergencia, cuarentena o normas por la pandemia ayudaron a controlar el avance del Covid-19. Se necesitan recursos extraordinarios para contratar profesionales de salud, tener más camas UCI, respiradores artificiales, oxígeno y medicamentos.

Pese a la buena voluntad y esfuerzos del gobernador y equipo técnico para enfrentar la pandemia no se pudo controlarla, por la situación en que está el sector. Por eso es pertinente recurrir a una instancia nacional, para enfrentarla con mayores recursos logísticos, dijo.

“La tasa de contagiados y muertos en La Libertad supera a Arequipa, pese a que tenemos casi similar cantidad de población. Estamos siendo más golpeados por la pandemia” señaló.

Su pedido considera que el art. 8 del Decreto Legislativo N° 1156 -con medidas para garantizar el servicio público de salud cuando exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones-, establece que, en los casos en que se declare una Emergencia Sanitaria en el ámbito regional y local, el Minsa podrá intervenir y disponer las acciones necesarias destinadas a salvaguardar la salud y la vida de las poblaciones, incluyendo la contratación de bienes o servicios necesarios relacionados a la atención y al cuidado de la salud.

Para Portilla Lezcano, habiéndose tornado en compleja y crítica la situación sanitaria por el colapso de los hospitales, es necesario que el Poder Ejecutivo apruebe medidas extraordinarias que permitan la intervención del Minsa en la gestión de las acciones que ayuden a mitigar la actual situación de crisis producida por el incremento de contagios y víctimas; como se ha dispuesto para Arequipa mediante Decreto de Urgencia Nº 086-2020.

Según la Constitución Política, art. 7, todos tienen derecho a la protección de su salud. “Eso no se está cumpliendo. Solo hay que ver lo que ocurre a diario en las puertas de los hospitales, donde la capacidad de atención ha desbordado y no reciben a más pacientes, salvo que vayan quedando camas libres por muertes«, señaló el legislador regional.

El art. 76 de la Ley N° 26842, Ley General de la Salud, establece que la Autoridad de Salud, a nivel nacional, es responsable de dirigir y normar las acciones destinadas a evitar la propagación y lograr el control y erradicación de enfermedades transmisibles en todo el territorio nacional, ejerciendo la vigilancia epidemiológica e inteligencia sanitaria.

La Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece como una de sus funciones específicas intervenir mediante asistencia técnica, acompañamiento y movilización de recursos, en todo o en parte del territorio nacional, por razones de necesidad de salud pública, emergencias sanitarias o desastres.

Las intervenciones deben incluir: Acciones en materia de gestión de Recursos Humanos: designar, contratar personal, realizar desplazamientos y traslados, entre otros. Acciones en materia de abastecimiento: Realizar contrataciones de acuerdo con el régimen legal vigente. c) Acciones en materia de presupuesto: efectuar modificaciones presupuestales, certificar, comprometer, devengar, formular demandas adicionales, entre otros.

También acciones en materia de tesorería y contabilidad: realizar giros, viáticos, gestionar fondos, registrar el gasto, elaborar estados financieros. Acciones en materia de inversión pública: formulación y evaluación de proyectos de inversión y/o aprobación de inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, así como su ejecución, cautelando la sostenibilidad de las intervenciones previstas en dichas inversiones.

Acciones en materia de Planeamiento Estratégico: formular modificaciones, seguimiento y evaluaciones del plan operativo institucional, plan estratégico. Gestión del Primer Nivel de Atención: organizar e implementar las intervenciones estratégicas en materia de salud pública. Gestión Hospitalaria: organización de recursos humanos, físicos, financieros de los establecimientos de salud. Vigilancia Epidemiológica: fortalecer el sistema de vigilancia epidemiológica, entre otros. Gestión en Salud: movilización de recursos, referencias y contrarreferencias, gestión prehospitalaria, entre otros.