Desde el 19 de octubre entra en vigencia la Ley de programación de deudas. Toda persona que cumpla con los requisitos, podrán aplazar sus deudas en bancos hasta por un plazo de 3 meses. Todo ello para garantizar una solvencia económica entre las personas afectadas por la pandemia.
Asimismo, y como indica la norma, los Bancos tienen la posibilidad de brindar 3 opciones a sus usuarios.
La primera es bajar la tasa a los usuarios pero deberán continuar pagando las cuotas. La segunda es reducir el interés y aplazar sus pagos hasta 3 meses pero con intereses. Y la última es el congelamiento de 3 cuotas y la continuidad del pago con la misma tasa de siempre.
Para la normativa, se hizo un perfil del ciudadano que seguramente se acogerá a la Ley que entra en vigencia.
1. No haber sido beneficiado con el programa Reactiva Perú, programa Mivivienda, Fae Mype, Agro u Turismo.
2. Personas que tengan créditos hipotecarios de hasta S/ 250 mil.
3. Micro y pequeñas empresas que solicitaron préstamos de hasta S/ 20 mil.
4. Personas que solicitaron préstamo vehicular de hasta S/ 50 mil.
5. Clientes con préstamos personales de hasta S/ 10 mil.
Es preciso mencionar que el historial crediticio de los ciudadanos pasará de roja a verde, evitando un perjuicio para el cliente.