Según el Jurado Electoral Especial (JEE) de Trujillo, la nómina de Alianza para el Progreso que se postula a la Municipalidad Provincial de Trujillo, incumple hasta seis requisitos en la inscripción, por lo cual, en caso de no corregir observaciones, José Ruiz podría quedar descartado para el proceso electoral del 2022.
El personero legal de APP, Carlos Cabrera, inscribió al postulante a la alcaldía, José Ruiz, y a sus regidores: Jorge Vásquez, Sandra Trujillo, Andrés Sánchez, Nancy Vásquez, Augusto Jacobo, Lissetti Vigo, Carlos Goicochea, Hurtia Orbegozo, Wilfredo Agustín, Mirla Recalde, Wilver Quispe, Tania Villanueva, Leyther Chiclote, Pamela Siccha y Miguel Ramírez. Esto, según el contenido de la Resolución N° 00082-2022-JEE-TRUJ/JNE, publicada el jueves 16 de junio.
De acuerdo al JEE, los postulantes al municipio de Trujillo presentaron documentación que fue observada, porque lo hicieron indebidamente. Entre estos comprende la declaración jurada de consentimiento para ser partícipe de la contienda electoral e información en la declaración jurada de hoja de vida.
Asimismo, se informó que el actual alcalde de Trujillo, Jorge Vásquez, Nancy Vásquez, Wilfredo Agustín y Pamela Siccha, no presentaron sus licencias de cargo original sin goce de haber ni en copia certificada, sino en copia simple.
Del mismo modo, se indica que no se adicionó el cargo de la petición que presentó para obtener la licencia en la Gerencia de Educación de la comuna de Trujillo
Sobre Hurtia Orbegozo y Mirla Recalde, se afirma que no presentaron un documento con fecha cierta, que constate el requisito de residencia continua con un mínimo de dos años.
Además, a Miguel Ramírez, se le solicita esclarecer su relación laboral como titular de la dirección del colegio Hermanos Blancos, que acredite si persiste en el cargo o no, así como el jurado señala que tampoco adjuntó el cargo de la solicitud que presentó a fin de obtener la licencia sin goce de haber en su función como regidor de Trujillo.
Por estas razones, se le otorgó al partido político que subsane las observaciones antes señaladas en un plazo de dos días.