El 76% de los vehículos de Seguridad Ciudadana de la MPT no patrullan las 24 horas del día

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La Contraloría informó que el 76% de los vehículos de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Provincial de Trujillo no están patrullando las 24 horas del día. Esto se debe por estar inoperativos, no contar con la documentación en regla o estar destinados a otros fines.

En el Informe de Visita de Control Nº 003-2023-OCI/0424-SVC efectuada entre el 23 y 27 de enero del año en curso, se detalló el estado de las 65 camionetas de la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Provincial de Trujillo, al lunes 23 del pasado mes. Del total de estas unidades vehiculares asignadas a la Subgerencia de Seguridad Ciudadana y Comercio Informal 34 están inoperativas, dos asignadas a otras áreas y solo 25 están operativas, pero 13 de ellas sin el SOAT vigente.

Respecto al estado de los 59 automóviles y 64 motocicletas, el informe indicó que todos los autos adquiridos mediante el Procedimiento de Selección de Adjudicación Simplificada Nº 27-2022-MPT-1 están sin placa de rodaje y tarjeta de propiedad vehicular, a pesar de que las bases integradas del procedimiento antes citado indican que el trámite de la placa de rodaje y tarjeta de propiedad no debe ser mayor de 30 días calendario, tras el pago del monto total del precio de los vehículos

Asimismo, el ente contralor detalló que 14 de las 64 motocicletas están inoperativas por alguna falla o desperfecto mecánico, 30 de las 65 cámaras de videovigilancia de la Central de Monitoreo no funcionan y siete de las 20 cámaras que, durante el primer semestre del año pasado, recibieron el servicio de mantenimiento vienen presentando problemas de conexión con la fibra óptica, a pesar de que el plazo máximo de la responsabilidad del contratista que por dicho servicio cobró S/ 122 mil, es de un año.

Todo lo expuesto ya fue comunicado al alcalde provincial Arturo Fernandez para que adopte las acciones correctivas, en el marco de sus competencias y obligaciones en la gestión institucional, las cuales debe comunicar a esta entidad fiscalizadora superior en un plazo máximo de cinco días hábiles.

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