Contraloría: exgestión de Arturo Fernández en Moche designó a gerentes que no cumplían con el perfil requerido

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La contraloría General de la República, mediante Informe de Acción de Oficio Posterior N° 7263-2023-CG/GRLIB-AOP, “Designación de personal administrativo en cargos de confianza sin cumplir con el perfil del puesto señalado en los documentos de gestión”, señala que el exalcade de Moche, Arturo Fernández Bazán, designó a la exgerente municipal y al exgerente de asesoría jurídica a pesar que no cumplían con el perfil de puesto establecido en los documentos de gestión, generando perjuicio a los intereses del Estado en relación al correcto funcionamiento de la administración pública. 

El ente contralor señala que mediante acta de recopilación de  información N° 01-2022-CG/GRLIB-MDM de 6 de diciembre del 202, suscrita por la comisión de control y el señor Edwin Germán Rodríguez Zelada, jefe de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, se compiló información respeto a la designación de personal de confianza de la Municipalidad Distrital de Moche.

en esa línea, de la revisión de la documentación alcanzada se advierte que se designó a la exgerente municipal de Moch, Diana Elizabeth Tello Murrugara, y al exgerente de Asesoría Jurídica, Gilmer Bryant Gavidia Vásquez, a pesar que no cumplian con el perfil de puesto señalado en el Manual Organizacion y Funciones.

El informe detalla que mediante Resolución de Alcaldía N° 171-2019-MDM de 13 de noviembre de 2019, se designó como gerente municipal de Moche a Diana Tello Murrugara. Previamente, mediante Resolución de Alcaldía N° 165-2019-MDM de 8 de noviembre de 2019, se incorporó el perfil de puesto individual del cargo de gerente municipal, en la estructura orgánica de la Municipalidad Distrital de Moche, los cuales detallan los requisitos mínimos de cumplimiento obligatorio para la designación del gerente municipal.

Es así, que el perfil de puesto indica los siguientes requisitos: en experiencia general se tiene que acreditar 2 años en puestos gerenciales, jefaturas, en el sector público o privado, asimismo, en experiencia específica (función o materia) se solicita 2 años en puestos gerenciales, jefaturas, en el sector público o privado, además, se solicita 2 años en puestos gerenciales, jefaturas, tres años en cargos de administración pública.

Para el ente contralor, Tello Murrugara en el momento que fue designada en el citado cargo, no cumplía con acreditar la experiencia requerida en sector público señala en el perfil de puesto, toda vez que según su hoja de vida alcanzada por la entidad mediante acta de recopilación de información, se advierte que solo contaba con un máximo de 10 meses en cargos de administración pública, de los cuales 8 meses fueron en jefaturas en el sector público.

Por lo expuesto, se advierte que al momento que se designó a dicha funcionaría, no acreditó la experiencia requerida para el puesto en lo que corresponde en experiencia específica, la cual señala contar con 2 años en puestos gerenciales, jefaturas, tres años en cargos de administración pública requerida para el puesto, toda vez que dicha gerente solo contaba con 10 meses en el sector público. En consecuencia, la designación de la gerente municipal de Moche (2019 – 2022), contravino con las normas de acceso a la administración pública y los documentos de gestión de la entidad, tal como los perfiles de puestos. También se señala que existe responsabilidad del funcionario que designó o canalizó dicha designación.

Ahora bien, mediante Resolución de Alcaldía N° 108-2019-MDM de 5 de agosto de 2019, se dispone designar a Gilmer Bryant Gavidia Vásquez, en el cargo de gerente de Asesoría Jurídica de la comuna de Moche. Del mismo modo, el informe del ente contralor detalla que, mediante Resolución de Alcaldía N° 211-2021-MDM de 13 de agosto de 2021, se acepta la renuncia del referido funcionario. 

Sin embargo, la Contraloría detalla que en el periodo de gestión de Gavidia Vásquez, que data de 5 de agosto de 2019 hasta el 13 de agosto de 2021, se advierte que no contaba con habilidad para el ejercicio profesional. En ese sentido, no cumplía con el perfil de puesto establecido en el Manual de Organización y Funciones aprobado con acuerdo de consejo N° 03-2018-MDM de 15 de enero de 2018, el profesional debe estar titulado en derecho y con colegiatura hábil.  

En relación a lo último, mediante oficio N° 000025-2023-CG/GRLIB de 10 de enero de 2023, se solicitó información al colegio de abogados de La Libertad, respecto a los periodos de habilidad profesional del abogado Gilmer Bryant Gavidia Vásquez. Tras realizar la información solicitada, se advierte que el agremiado se encontró inhabilitado para el ejercicio profesional desde 01 de octubre de 2019 al 31 de marzo de 2021 y de 01 de julio de 2021 hasta la actualidad, es decir, no contaba con habilidad profesional en el desarrollo de sus gestión hasta el término de la misma.

Por lo expuesto, se advierte que Gavidia Vásquez realizó funciones sin habilidad profesional vigente, contraviniendo con las normas de acceso a la administración pública y el perfil de puesto exigido en el Manual de Organizaciones y Funciones del municipio.

Tras el informe que detalla la Contraloría, recomienda al alcalde Roberto Chávez adoptar las acciones que correspondan, en el marco de sus competencias, a fin de superar los hechos irregulares evidenciados como resultado de la Acción de Oficio Posterior.

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