Contraloría: funcionarios de la Municipalidad de Huanchaco en presunto acto de nepotismo

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La Contraloría General de la República, mediante Informe de Orientación de Oficio N°007-2023-OCI/2048-SOO, “Presentación de declaraciones juradas para el ingreso e inicio de la función pública, en prevención de supuestos de nepotismo y conflicto de intereses”, advierte que de la revisión efectuada a la documentación relacionada a la presentación de Declaraciones Juradas necesarias para el ingreso e inicio a la prestación de servicios en la Municipalidad Distrital de Huanchaco, se ha identificado una situación adversa que amerita la adopción de acciones para asegurar la continuidad del proceso, el resultado o el logro de los objetivos de mantener condiciones de igualdad al acceso a la función pública y de evitar mantener conflicto de intereses.

El citado informe precisa que la información en la declaración jurada para prevenir casos de nepotismo no es registrada con los datos requeridos según normatividad vigente y omisión de presentación de la declaración jurada de intereses genera riesgo de acceso a la función pública de personas con vínculo bajo supuesto de nepotismo, así como de conflicto de intereses.

Es así que de la revisión a la documentación obtenida por la comisión de control y la contenida en los legajos personales de dos  funcionarios designados en cargos de confianza, se ha determinado que mantienen vínculo no siendo ello informado a la Municipalidad Distrital de Huanchaco, a través de la declaración jurada para prevenir casos de nepotismo, y al igual se encuentran omisos a la presentación de la declaración jurada de intereses, documentos que constituyen requisito indispensable para el ingreso e inicio a la prestación de servicios, generando riesgo de acceso a la función pública de personas con vínculo bajo supuesto de nepotismo y de conflicto de intereses.

De lo mencionado, se detalla que la declaración jurada para prevenir casos de nepotismo de Félix Iván Chira Cabrera, designado como gerente de Desarrollo Urbano y Rural mediante la Resolución de Alcaldía N.° 08-2023-MDH/A de 3 de enero de 2023, en tal sentido en tal oportunidad debía presentar la declaración jurada para prevenir casos de nepotismo, situación que no realizó puesto que revisado su legajo escalafonario, el cual contiene un total de 66 folios, no se ubica la citada Declaración Jurada.

Por otro lado, respecto a la información proporcionada en la Declaración Jurada para prevenir casos de nepotismo del señor Félix Iván Chira Cabrera, suscrita el 24 de febrero de 2023 y la Declaración Jurada para prevenir casos de nepotismo de 23 de febrero de 2023 suscrita por la señora Gladis Mariela Tantaleán Olano, designada mediante Resolución de Alcaldía N.° 065-2023- MDH/A de 15 de febrero de 2023 en el cargo de Secretaria General, no han consignado la información sobre la relación y/o vínculo que los une con el progenitor de hija.

Sobre el particular es de indicar que, mediante la Ley N.° 31299 publicada el 21 de julio de 2021 – Ley que modifica la Ley N.° 26771, que establece la prohibición de ejercer la facultad de nombramiento y contratación de personal en el Sector Público en casos de parentesco, se amplió los supuestos de nepotismo extendiéndose a los “progenitores de sus hijos”.

En tal sentido, las Declaraciones Juradas para prevenir casos de nepotismo suscritos por ambos funcionarios no se ciñen al principio de veracidad, al haber omitido información que revele, de corresponder, los supuestos que configuren un presunto caso de nepotismo.

Adicionalmente al hecho antes indicado, es de señalar que ambos funcionarios como sujetos obligados, a la fecha se encuentran omisos a la Declaración Jurada de Intereses, siendo su presentación requisito indispensable para el ejercicio del cargo o función pública.

El órgano contralor detalla que dicha situación adversa expuesta pone en riesgo de ingreso a la función pública en el municipio a funcionarios con prohibiciones de designación y/o contratación bajo supuestos de nepotismo y/o mantener intereses en conflicto con las actividades propias de la comuna; al no cautelar la presentación de las declaraciones juradas indispensables para el ingreso e inicio a la prestación de servicios, la veracidad en la información y/o oportunidad en su presentación.

En ese sentido, la Contraloría recomienda al alcalde de la Municipalidad Distrital de Huanchaco, Efraín Bueno Alva, las acciones preventivas y correctivas que correspondan, en el marco de sus competencias y obligaciones en la gestión institucional, con el objeto de asegurar su presentación de manera oportuna y en los plazos legalmente establecidos y sin omitir la información que debe corresponder declarar.