El Jurado Nacional de Elecciones, a través del expediente N° JNE.2023002128, de fecha 10 de julio de 2023, traslada al Concejo Provincial de Trujillo, la solicitud de suspensión presentada por don Luis Enrique Kong Montoya, en contra de don César Arturo Fernández Bazán, alcalde de la citada entidad municipal, por la causa prevista en el numeral 5 del artículo 25 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, esto es, por sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de la libertad.
Asimismo, requiere a los miembros del Concejo Provincial de Trujillo que cumplan con tramitar la solicitud de suspensión conforme al procedimiento legal establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley del Procedimiento Administrativo General, por lo que deben convocar a sesión extraordinaria para decidir la situación de Arturo Fernández Bazán.
“Convocar a sesión extraordinaria en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles luego de notificado el presente auto. En caso de que el alcalde no lo haga dentro del plazo establecido, previa notificación escrita a este, puede hacerlo el primer o cualquier otro regidor. Entre la convocatoria y la sesión mediará, cuando menos, un lapso de cinco (5) días hábiles. Además, la sesión de concejo deberá realizarse en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles después de recibida la solicitud y luego de notificarse al afectado para que ejerza su derecho de defensa”, señala el oficio.