Aprueban eximir de responsabilidad penal el uso letal de la fuerza en defensa propia

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El pleno del Congreso aprobó un dictamen para eximir de responsabilidad penal a quienes, al recurrir a la práctica de la legítima defensa, hagan uso de la fuerza, incluida en su modalidad letal.

La presidenta de la Comisión de Justicia, Janet Rivas, encargada de sustentar la iniciativa, indicó que esto se concretará mediante modificaciones al Código Penal y el Código Procesal Penal en lo que respecta a la responsabilidad penal derivada de la práctica de la legítima defensa.

Esta señala que esta excepción se aplicará en quien obre en defensa de bienes jurídicos propios o de terceros con uso de la fuerza, incluido el uso de la fuerza letal.

Es de precisar que la práctica de la legítima defensa tiene que derivar de una agresión real, perpetrada previa irrupción ilegítima dentro de un inmueble, medio de transporte, negocio, empresa, asociación civil, lugar de trabajo o en algún inmueble que sea de propiedad de quien repelió el ataque.

La parlamentaria Rivas indicó que en estos casos quedará excluido el criterio de la proporcionalidad del instrumento con el que se repelió el ataque. En lugar de este principio, se tomará en cuenta “la intensidad y peligrosidad de la agresión, la forma de proceder del agresor y los medios que se dispongan para la defensa”.

Finalmente, otra de las modificaciones al Código Penal propuestas en el dictamen indica que si una persona apela al uso de la fuerza mediante arma de fuego inscrita a su nombre, este objeto será incautado dentro de las siguientes 48 horas para ser sometido a las investigaciones correspondientes.