Extranjeros con CPP podrán solicitar la calidad migratoria Especial Residente

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El Poder Ejecutivo publicó el Decreto Supremo N°008-2023-IN, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia Nacional de Migraciones que establece el procedimiento para que las personas extranjeras que cuenten con el Carné de Permiso Temporal de Permanencia (CPP), por 6 meses como mínimo, puedan solicitar la calidad migratoria Especial Residente y obtener el Carné de Extranjería.

De acuerdo al nuevo TUPA, el pago del derecho de trámite para acceder a la calidad migratoria Especial Residente es de S/ 40.60, el cual se cancela en el Banco de la Nación o Págalo.pe, con el código 07568. El solicitante deberá ingresar a la Agencia Digital Migraciones y llenar el formulario respectivo, indicando el número de recibo y la fecha de pago.

Asimismo, debe adjuntar la copia simple del pasaporte o documento de viaje análogo reconocido por el Estado Peruano o el documento oficial emitido por Migraciones. También, la declaración jurada de no registrar antecedentes penales, policiales y judiciales vigentes, en el Perú, ni en el extranjero; ni alertas de Interpol, entre otros.

Con la calidad migratoria Especial Residente, los migrantes podrán profundizar su proceso de integración y mejorar su calidad de vida. Al contar con el Carné de Extranjería, estarán habilitados para trabajar o emprender de manera formal, acceder a diversos servicios públicos y privados y realizar actividades en el marco de la ley.

De otro lado, es preciso mencionar que, según la Ley Nº 31732 de amnistía, los extranjeros que tengan multas con Migraciones, incluidas aquellas generadas por no prorrogar su residencia o tener exceso de permanencia, pueden acogerse a este beneficio hasta el 28 de octubre de 2023, a fin de regularizar su permanencia en el Perú.

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