Desde la clandestinidad: Arturo Fernández queja a jueza Ingrid Pajares

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El suspendido alcalde de Trujillo, Arturo Fernández, desde la clandestinidad presentó ante la Junta Nacional de Justicia (JNJ) un recurso de queja contra la jueza Ingrid Pajares Acosta, titular del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de La Libertad.

Como es de conocimiento público, Fernández Bazán fue declarado reo contumaz por dilatar en más de 15 oportunidades las audiencias que afronta por la denuncia interpuesta por el exdirector del Proyecto Huacas de Moche, Ricardo Morales, por el presunto delito de difamación.

La prófuga autoridad edil indicó que la citada juez ha incurrido en inconducta funcional, atentando al derecho del debido proceso, derecho al juez imparcial y derecho a la defensa.

Al respecto, Alfredo Galindo, abogado y exfiscal, precisó que la juez Ingrid Pajares habría tomado una decisión apresurada y presuntamente arbitraria, al declarar reo contumaz a Arturo Fernández, al conocerse que el abogado de oficio que se le destinó a la polémica autoridad edil en la última audiencia, este desconocía el caso y debió tener un tiempo prudente para estudiar el mismo.   

“El día de la audiencia que se cita Fernández y se frustra porque se retira su abogado y se retira él, pero la juez para prevenir esta situación convoca a un defensor público, el defensor público lo dice en el audio textualmente, “señora juez no conozco del tema, no he conferenciado con el señor Fernández, no estoy preparado”, entonces bajo esta circunstancia no basta la presencia de un abogado, sino que la condición es que el abogado presente esté preparado para actuar en defensa de un encausado, sino no está preparado, la juez debió suspender, darle un tiempo prudencial para que se prepare, porque ya se incurriría en transgresión del derecho a la defensa”, manifestó Galindo.

Asimismo, el exdecano del Colegio de Periodistas de La Libertad precisó que la juez habría trasgredido el derecho a la legítima defensa y al principio de interdicción de la arbitrariedad.

“Siendo así, la jueza al suspender la audiencia y decretar la captura de Fernández habría incurrido no solamente en vulneración de este derecho de defensa sino también en vulneración del principio de interdicción de la arbitrariedad, se habría convertido en un acto arbitrario y siendo el derecho de defensa, un derecho fundamental y que está amparado por la Constitución, por el Código Procesal Penal, allí sí procedería un hábeas corpus”, resaltó.