Trujillo: combis de empresa Miramar podrían volver a circular si pagan multa impuesta por la MPT

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La suspendida Empresa de Transportes Miramar S.A., que tiene tres rutas autorizadas: C-39, C-40 y C-44, con un total de flota operativa de 61 unidades, no puede circular desde hoy martes 3 de diciembre tras protagonizar un lamentable accidente de tránsito que dejó 3 personas fallecidas, sin embargo, debido a la vigencia de una antigua ordenanza, del año 2014, si la citada empresa paga su multa, sus unidades móviles podrán volver a circular por las calles de Trujillo.

La ordenanza municipal vigente (O.M 014-2018-MPT) manda como medida cautelar preventiva la suspensión del servicio hasta que se pague la multa. “Tiene muchos años de antigüedad y es una sanción benévola cuando de por medio hubo pérdida de vidas”, explicó el alcalde provincial Mario Reyna Rodríguez.

El nuevo Reglamento Nacional de Transportes establece que una vez que se dicta la medida cautelar se mantiene la suspensión hasta que se resuelva en definitiva el procedimiento.

Al respecto, la O.M. de la MPT está desfasada, por eso la Gerencia de Transportes notificó en septiembre a la comisión ordinaria de regidores de Transportes la necesidad de evaluar un informe que presentaron, pero, hasta la fecha, la mencionada comisión no emite su dictamen.

“Ese informe permitirá actualizar nuestra ordenanza, para que no vuelva a ocurrir que la empresa pague su multa y vuelva a  operar. Ahora no basta con que paguen, sino que tendrán que esperar la orden de levantamiento de la multa impuesta, de casi 7 mil soles”, dijo Mario Reyna.

“Con la ordenanza vigente, dentro de los 30 días de suspensión Miramar paga la multa y volverá a operar. Pueden hacerlo mañana o pasado. Por eso hemos solicitado la actualización de la ordenanza que está en la comisión de Transportes, añadió.

Por su parte, el gerente de Transportes, Tránsito y seguridad Vial, Carlos Cipriano Gonzáles, dijo que el proyecto de ordenanza presentado es para actualizar la que está vigente y tiene muchos años, para adecuarla al actual Reglamento Nacional de Transporte. 

“La nueva O.M. establecerá como sanción para accidentes con la pérdida de vida la suspensión por tres meses, sin posibilidad de que por más que paguen la papeleta puedan volver a operar hasta cumplir su sanción, como ocurre en Lima”, precisó.

De otro lado, el funcionario aclaró que la unidad de la empresa infractora no tenía Soat sino Afocat y precisó que permanentemente están ofreciendo capacitaciones para sensibilizar a choferes y cobradores respecto a la labor que realizan y su responsabilidad sobre el cuidado de la vida que trasladan.