El pasado 19 de noviembre de 2024, el Proyecto Especial Chavimochic (PECH), a cargo del gerente Jhon Cabrera Carlos, otorgó la buena pro para la “Adquisición de camionetas 4×4 turbo intercooler diesel, mecánico”, a la empresa Interamericana Trujillo S.A., por el monto de S/ 296, 400.00.
Sin embargo, la empresa Andes Motor Peru S.A.C presentó ante el Tribunal de Contrataciones del Estado (TCE) un recurso de apelación contra el otorgamiento de la buena pro, solicitando revocar el acta de calificación y evaluación de ofertas, dejar sin efecto el otorgamiento de buena pro a favor de Interamericana, así como, declarar la no admisión de la oferta de la citada empresa, y, en consecuencia, se les otorgue la buena pro.
Según refirieron, en el documento que contiene el precio ofertado por la empresa ganadora de la buena pro, no se detalla el monto de la prestación principal y de las prestaciones accesorias en su oferta.
Asimismo, precisaron que la oferta de Interamericana Trujillo ha sido dirigida a un órgano inexistente (comité de selección), cuando el procedimiento de selección se encuentra dirigido por el “Órgano encargado del Procedimiento”.
De igual manera, refiere que la citada empresa “presentó un cuadro comparativo de
especificaciones técnicas con el cual pretendió acreditar las especificaciones técnicas requeridas por el PECH. No obstante, el mismo presenta información que impide la determinación de los bienes ofertados, siendo que no logra especificar claramente lo ofertado”.
No obstante, tras la revisión de documentos, el TCE identificó un vicio de nulidad en el procedimiento de selección debido a que existe una deficiencia o imprecisión en el requerimiento formulado por el área usuaria; pues no se han establecido de
manera clara y objetiva, los intervalos y/o márgenes mínimos y máximos que comprende el mantenimiento preventivo como prestaciones accesorias.
“Por lo expuesto, se ha evidenciado que las bases integradas del procedimiento de selección contienen vicios que han generado que los postores no cuenten con reglas claras a efectos de formular el precio de sus ofertas; cuyos vicios advertidos están presentes desde las bases primigenias del procedimiento de selección”, precisa el documento.
En esa línea, mediante Resolución N°00369-2025-TCE-S1, el Tribunal de Contrataciones del Estado dispuso declarar la nulidad de oficio de la Adjudicación Simplificada convocada por el Proyecto Especial Chavimochic, para la “Adquisición de camionetas 4×4 turbo intercooler diesel, mecánico”, y retrotraerlo hasta la etapa de convocatoria, previa reformulación del requerimiento y las bases.