Regidores percibirán dietas equivalentes al 30% de sueldo de alcaldes

0
414
spot_img

El Congreso de la República publicó en el diario El Peruano la Ley N° 32269, que establece que las dietas de los regidores equivaldrán al 30% de la remuneración percibida por el alcalde de la jurisdicción a la que pertenecen.

La norma publicada hoy en el Boletín de Normas Legales modifica el artículo 12 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y aplica para regidores de municipalidades distritales y provinciales.

«El monto de las dietas que perciben los regidores corresponde al 30 % de la remuneración mensual del alcalde, del cual se descuentan las inasistencias. Se pagan por asistencia efectiva a las sesiones. Se reajustan automáticamente conforme varíe la remuneración del alcalde. Los reajustes son publicados obligatoriamente bajo responsabilidad«, indica el texto legal incorporado.

Aquellas municipalidades que aún no hayan establecido normativamente el monto de las dietas de sus regidores, podrán acogerse a lo dispuesto en esta ley en un plazo no mayor de tres meses.

Igualmente, se prohíbe autorizar cualquier pago de devengados por dietas anteriores a la fecha de entrada en vigor de esta ley, añade la publicación de hoy con las firmas del presidente y vicepresidenta del Legislativo, Eduardo Salhuana y Patricia Juárez, respectivamente.