El pasado 9 de octubre de 2025, el Sexto Juzgado Unipersonal de la Corte Superior de La Libertad admitió a trámite la querella presentada por el gerente regional de Educación, Martín Camacho Paz, contra los consejeros regionales Robert de la Cruz, Frank Solórzano, Nancy Puitiza y Edy Camacho, por el presunto delito de difamación agravada.
Esta decisión pone en peligro la candidatura de Robert de la Cruz a la alcaldía de Trujillo por el partido Podemos Perú, debido a que si es sentenciado en los próximos meses estaría impedido de postular en las elecciones municipales y regionales de 2026.
De acuerdo al artículo 34-A de la Constitución Política del Perú, se encuentran impedidas de postular a cargos de elección popular las personas sobre las que recaiga sentencia condenatoria emitida en primera instancia por delito doloso.
El especialista en Derecho Electoral, Tomás Alva, refirió que la sola sentencia condenatoria en primera instancia, aunque no esté firme, inhabilita al ciudadano para postular.
“Si el candidato recibe una sentencia penal condenatoria en primera instancia por delito doloso, aunque ya esté inscrito, pierde su derecho a postular y el JEE o el JNE debe excluirlo, siempre que la sentencia haya sido emitida antes del día de la elección”, explicó a Macronorte.pe.








