Sancionarán con cárcel a quien arroje residuos sólidos a cauces naturales

0
198
spot_img

El Poder Ejecutivo promulgó la Ley N°32523, que modifica el Código Penal para tipificar como delito el arrojo indebido de residuos sólidos en cauces, lechos o riberas de ríos y quebradas, estableciendo sanciones penales para quienes expongan a personas a peligro de muerte o grave daño a la salud mediante esta práctica.

125-A.1. El que expone a otras personas a peligro de muerte o de grave e inminente daño a la salud, arrojando residuos sólidos en el cauce, lecho, ribera o faja marginal de un río o quebrada será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años”, indica.

En esa línea, se precisa que cuando el agente utilice camiones u otra maquinaria pesada para arrojar los residuos, o cuando la conducta genere daño a obras de infraestructura pública, la pena será no menor de cuatro ni mayor de seis años.

La ley lleva la firma del primer vicepresidente encargado de la Presidencia del Congreso de la República, Fernando Rospigliosi Capurro, así como del segundo vicepresidente del Congreso de la República, Waldemar Cerrón Rojas.