La Contraloría reveló presuntas irregularidades en la designación de abogados encargados de la defensa de la Universidad Nacional de Trujillo (UNT) en un proceso arbitral, luego de verificar que 7 personas fueron acreditadas para representar a la casa superior de estudios sin mantener vínculo contractual con la institución.
Según el Informe de Orientación de Oficio N°020-2026-OCI/0222-SOO, el jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la UNT, Omar Cruzado Lescano, y el abogado Rider Ali Vera Moreno designaron a siete personas para ejercer, de manera conjunta o individual, la defensa de la universidad en el Proceso Arbitral con Expediente N°027-2024/LEGNG, seguido contra la empresa Paloje Contratistas Generales EIRL.
La revisión de la documentación permitió establecer que Rider Ali Vera Moreno fue contratado por la universidad mediante la Orden de Servicio N°236-2026, suscrita el 16 de febrero de 2026, bajo la modalidad de locación de servicios. El contrato contemplaba labores de análisis, evaluación legal y representación procesal en arbitrajes por un periodo de seis meses y un monto total de S/ 36 mil.
Sin embargo, la Contraloría observó que dicho contrato establecía expresamente que las obligaciones asumidas por el locador eran intransferibles y no podían ser delegadas total ni parcialmente a terceros. Pese a ello, tres días después de la suscripción del contrato, se presentó un escrito de apersonamiento ante el tribunal arbitral mediante el cual se acreditó a siete personas para asumir la defensa de la universidad.
El órgano de control también advirtió que los profesionales designados utilizaban correos electrónicos vinculados a la firma Barrios y Fuentes Abogados (Bafur) y que el escrito presentado ante el tribunal contenía membretes, dirección, teléfono y portal web de dicha empresa. No obstante, la universidad no acreditó la existencia de una relación contractual con la referida firma ni con las personas designadas.
Tras requerir información a la Oficina de Asesoría Jurídica, la universidad confirmó que la única contratación vigente para la representación arbitral correspondía al abogado Rider Ali Vera Moreno. Asimismo, la Unidad de Abastecimiento ratificó que no existían otros contratos relacionados con la defensa jurídica en ese proceso.
La Contraloría concluyó que tanto el jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica como el abogado contratado no habrían estado facultados para designar a terceros en representación de la universidad dentro del arbitraje. Además, señaló que ninguna de las siete personas acreditadas mantenía vínculo contractual con la institución que respaldara legalmente su actuación.
Otro hallazgo identificado por el órgano de control está relacionado con la condición profesional de algunos de los representantes acreditados. De acuerdo con la consulta realizada al Registro Nacional de Grados y Títulos de la SUNEDU, tres de las personas designadas no cuentan con título profesional de abogado.
Se trata de Adherly Katherine Hernández Taipe y Samantha Gonzales Cayo, quienes únicamente registran el grado académico de bachiller en Derecho, mientras que Vladimir Stefano Mestanza Tafur no registra grado ni título profesional en dicho sistema.
Los hechos hallados fueron puestos en conocimiento del rector Hermes Sifuentes con la finalidad que se adopten las acciones preventivas y correctivas que correspondan, en el marco de sus competencias y obligaciones en la gestión institucional.











