El exgerente de Transportes Metropolitanos de Trujillo (TMT), Víctor Hugo del Carpio, en declaraciones para Macronorte.pe señaló que el Reglamento Nacional de Tránsito (RNT) prohíbe colocar elementos que perturben el libre y normal tránsito vehicular en cualquier ciudad; esto en referencia a la colocación de maceteros que ha optado por realizar la gestión del sentenciado y suspendido alcalde provincial de Trujillo, Arturo Fernández.
“Existe una regulación con respecto al uso de cualquier elemento que sea instalado en cualquiera de las vías que forman parte de la red vial de la ciudad. Si bien es cierto la administración del tránsito de una ciudad es competencia de la municipalidad, existe un Reglamento Nacional de Tránsito, que se conoce como Código de Tránsito cuya normativa establece que está prohibido la colocación de cualquier elemento que invada o perturbe el libre y normal tránsito vehicular en las vías de una ciudad”, señaló el exgerente del TMT.
Asimismo, resaltó que el cierre de las calles que son usadas por el sentenciado y suspendido alcalde de Trujillo para realizar sus pintorescos eventos no se ajusta a la normativa técnica; por tal motivo, se debería revisar si la Gerencia de Transportes, Tránsito y Seguridad Vial de la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT) mediante algún documento legal autorizó estas acciones, caso contrario el municipio respondería directamente ante algún hecho fortuito que ocasione daños a terceros.
“La colocación de maceteros o incluso el cierre de vías para determinadas actividades solamente puede ser autorizado por la autoridad competente, en este caso la Municipalidad de Trujillo a través del área competente, en el caso del tránsito es la Gerencia de Transportes, Tránsito y Seguridad Vial, es decir, se debería verificar si esta gerencia a través de alguna resolución o acto administrativo ha autorizado el cierre de una determinada vía o la colocación de elementos, en este caso como los maceteros. Esto es importante y relevante porque si se genera cualquier accidente que cause perjuicio o daño a terceros, la responsabilidad es de quien ha sido el autor o ha tenido a su cargo la colocación de estos elementos en la vía; eso lo establece claramente el Reglamento Nacional de Tránsito. Entonces, no es técnicamente apropiado colocar elementos de esta naturaleza en una vía, invadiendo la calzada de una vía, puesto que cualquier daño que se pueda generar, accidentes ocasionados por esos elementos, obviamente, van a generar una responsabilidad directa por parte de la municipalidad para quienes se consideren afectados”, manifestó Víctor Hugo del Carpio.
Finalmente, el exfuncionario de la MPT dejó en claro que de no existir dicha ordenanza o resolución que autorice estas acciones que ha tomado la gestión del sentenciado y suspendido alcalde de Trujillo estaría contraviniendo el RNT.
“Administrativamente en este caso es la propia Municipalidad Provincial de Trujillo la que estaría incurriendo en faltas al Reglamento Nacional de Tránsito, toca conocer con precisión si es que la Gerencia de Transportes, Tránsito y Seguridad Vial, que es el órgano competente, quien tiene atribuida las potestades y facultades para el cierre de vías, interferencias en el tránsito, colocación de elementos de regulación del tránsito, que obviamente los maceteros no son elementos de regulación de tránsito, al contrario, son elementos que afectan y perturban el normal tránsito de una vía. Desde ahí vemos que se está incurriendo en una prohibición que textualmente señala el Código de Tránsito, que señala que está prohibido la colocación de elementos que alteren o perturben el libre y normal tránsito de una vía y si de esto se generara alguna consecuencia, algún daño o accidentes hacia terceros, obviamente esas personas estarían en la total facultad de interponer acciones judiciales contra la MPT para resarcir esos daños”, sentenció.








