La Contraloría General advirtió que el Gobierno Regional de Áncash inició el proceso de recepción de la obra de remodelación de un ambiente complementario en el Hospital La Caleta de Chimbote, pese a que no se ejecutó conforme a los planos del expediente técnico aprobado. Esta situación pone en riesgo la capacidad de respuesta y contención de los servicios de salud para la atención de los pacientes COVID-19.
La ejecución de la obra «Remodelación de ambiente complementario, adquisición de monitor de funciones vitales, ventilador mecánico y desfibrilador; además de otros activos en el establecimiento de salud La Caleta-Chimbote” se ejecuta con un costo de inversión total de S/ 7 318,337.25; habiéndose destinado para la infraestructura S/ 145,097.33, bajo la modalidad de contratación directa y un sistema de contratación a suma alzada.
Según se detalla en el Informe de Hito de Control N° 4757-2020-CG/GRAN-SCC, elaborado por la Gerencia Regional de Control de Áncash, se verificó que la altura del ambiente complementario recientemente edificado es de 2,96 metros; lo que contraviene las normas técnicas del Ministerio de Salud. Esta disposición exige una altura libre interior no menor a tres metros desde el nivel de piso terminado al cielorraso.
De otro lado, los auditores constataron que la entidad no ha registrado y publicado la información del procedimiento de selección contratación directa para la ejecución del proyecto. Considerando que la obra inició el 8 de abril de este año, la entidad debió regularizar, registrar y publicarla hasta el 24 de abril de 2020; sin embargo, de la revisión efectuada al Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (OSCE) dicha información no fue consignada, afectando la transparencia de la contratación.
Los resultados de la acción de control se encuentran en el Informe de Hito de Control N° 4757-2020-CG/GRAN-SCC, referido a la recepción del componente Infraestructura, y fueron comunicados al titular del Gobierno Regional de Áncash, Juan Carlos Murillo, el pasado 27 de mayo del 2020, para que en el plazo de 5 días calendario presente al órgano de control un plan de acción con las medidas preventivas y correctivas que correspondan para reducir el riesgo de propagación y el impacto sanitario del COVID-19 en la zona.