El Juzgado de Corte de Lima Este autorizó a las empresas del sector privado la importación de vacunas contra el COVID-19 para su distribución gratuita a su personal y a sus familiares directos, y realizar la inoculación respetando los protocolos establecidos.
Fue el Segundo Juzgado Especializado en lo Civil de La Molina y Cieneguilla quien falló declarando fundada una parte de la demanda de acción de amparo interpuesta por el ciudadano Álvaro Paz de la Barra contra la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM); Ministerio de Salud (Minsa) y Congreso de la República.
En la misma se exhortó al Poder Ejecutivo por intermedio del Minsa y la PCM, que en un plazo razonable se reglamente de manera clara y precisa el procedimiento que las empresas del sector privado deben seguir para la importación de las vacunas.
Asimismo se pide al Poder Ejecutivo que trabaje de manera conjunta con los Gobiernos Locales y Regionales en el proceso de vacunación a la población, a fin de procurar que durante este año se culmine con la vacunación de las personas de entre 59 y 18 años de
edad.
Sin embargo, la disposición judicial declaró infundada la demanda en el extremo de ordenar la liberalización total de la importación de vacunas para su libre comercialización, sin sujeción a los requisitos sanitarios.
También se precisó que se declaró infundada la demanda en el extremo que se autorice a los Gobiernos Locales y Regionales la importación de las mencionadas vacunas.
TV Perú