Gobierno observó ley que implementa la devolución del Fonavi

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El Poder Ejecutivo observó la autógrafa de ley aprobada por el Congreso de la República que busca la implementación inmediata de la Ley N ° 31173, Ley que garantiza el cumplimiento de la devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo, priorizando a la población vulnerable, como consecuencia de la pandemia del covid-19.

La iniciativa del Congreso trae como consecuencia que se asignen fondos públicos para la devolución del Fonavi, contraviniendo lo señalado por el Tribunal Constitucional, en el sentido de que los recursos para la devolución deben provenir de los aportes del fondo, de su propia recuperación y de los activos del Fonavi; así como lo dispuesto en el artículo 79 de la Constitución Política del Perú, que prohíbe la iniciativa de gasto por parte del Congreso.

Según la autógrafa, para atender la devolución del Fonavi se necesitarían 42 000 millones de soles, lo que representa el 21 % del Presupuesto Público de 2022, así como el 117 % y 183 % del Presupuesto Institucional de Apertura de 2022 asignado a Educación y Salud, respectivamente. También representa ocho veces el presupuesto asignado a programas sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

En ese sentido, los ingresos destinados a financiar el Presupuesto Público no cubrirían el pago inmediato de la devolución del Fonavi, lo que hace inviable programar dicho gasto. Asimismo, destinar recursos del Tesoro Público para el pago de la devolución de los aportes del Fonavi implicará un ajuste severo en el gasto de sectores prioritarios, retrasando la atención de necesidades de la población en temas como la salud, educación y programas sociales. 

El ministro de Economía y Finanzas, Óscar Graham, aclaró que es compromiso del Gobierno devolver los aportes a los fonavistas, de la forma más rápida posible, incluyendo su actualización. Para ello, el Ejecutivo presentará un proyecto de ley que permita dar viabilidad a la devolución de los aportes de los fonavistas, como alternativa a la autógrafa aprobada por el Congreso y a la Ley N ° 31173.