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Desde hoy se prorroga el estado de emergencia por 30 días calendarios en la región La Libertad, decretado por el Gobierno. Durante este periodo la Policía Nacional del Perú (PNP) deberá mantener el control del orden interno con el apoyo de las Fuerzas Armadas.

El Decreto Supremo 053-2023-PCM, publicado en la edición extraordinaria de las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, precisa que durante la prórroga regirá la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Constitución Política.

La intervención de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas se efectuará conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1186, que regula el uso de la fuerza por parte de la PNP, y en el Decreto Leg. 1095, que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional y su Reglamento, aprobado por DS 003-2020-DE.

El Decreto Supremo 053-2023-PCM, que lleva la rúbrica de la presidenta Dina Boluarte, es refrendado por el jefe del Gabinete Ministerial y los ministros del Interior, de Defensa y de Justicia y Derechos Humanos.

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