La Libertad: Pensión 65 seguía otorgando bono a sentenciado por violación sexual

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Grave. Mediante Informe de Auditoria, la Contraloría General de la Republica advirtió que, la Unidad Territorial La Libertad del Programa Pensión 65, efectuó el pago de S/ 1 000 a usuario que se encuentra recluido en un centro penitenciario con sentencia por violación sexual a una menor de edad, contraviniendo la normativa y afectando la finalidad del Programa Pensión 65, que es la de prestar protección social a los adultos mayores de 65 años en situación de pobreza extrema y que cumplen con los requisitos de acceso y permanencia en el Programa.

Mediante el oficio N°DO00034-2023-INPE-GG de 16 de enero de 2023 el Gerente General del Instituto Nacional Penitenciario, informó que, el mencionado usuario se encuentra en situación jurídica de sentenciado desde el 9 de diciembre de 2013, en el establecimiento penitenciario de Trujillo.

En ese sentido, conforme lo establece la Directiva «Gestión de la Entrega de la Subvención Monetaria”, aprobada con Resolución Directoral N°078-2019-MIDIS/P65-DE de 6 de agosto de 2019, la condena efectiva por la comisión de delito doloso mediante sentencia firme es causal de desafiliación.

Asimismo, de la revisión al SISOPE del Programa Pensión 65 se evidencia que, hasta el 20 de enero de 2023, el señor figuraba como usuario activo del Programa Pensión 65, tal es así que, a dicho usuario se le efectuó un último depósito el 20 de enero de 2023 por el monto de S/ 250, conforme se registra en el Histórico de Bonificaciones del referido reporte, tal como se muestra a continuación:

En la imagen anterior también se puede apreciar que, el señor fue reincorporado desde el 5 de agosto de 2022, a pesar que a la fecha de su reincorporación ya tenía sentencia firme, conforme se advierte de la resolución N°6 de fecha 27 de mayo de 2014 que declara firme y consentida la sentencia (Conclusión Anticipada) de fecha 9 de diciembre de 2013, condenando al usuario como autor del delito contra la libertad sexual, en la modalidad de violación sexual de menor de edad.

Además, en el informe se advierte que la ex Jefa de la Unidad Territorial de La Libertad, es responsable de los cambios que desafiliarían al mencionado usuario de la siguiente Relación Bimestral de los Usuarios, debiendo revisar que se cuente con el sustento documental correspondiente. Siendo así, que la mencionada exfuncionaria habría tomado conocimiento que el usuario se encontraba en prisión y, a pesar de ello, no realizó acciones para la oportuna desafiliación del usuario.

La ex Jefa de la Unidad Territorial tenía la obligación de informar al Coordinador de Transferencia y Pagaduría, a fin que pueda determinarse el monto a recuperar debido a que el usuario se encontraba inmerso en causal de desafiliación al ser condenado por delito doloso con sentencia firme, sin embargo, no informó, ocasionando que, a mayo de 2023, no se ha gestionado el recupero por el importe total de S/ 1 000 indebidamente depositado al usuario por concepto de subvenciones económicas y bonificaciones.

Es de precisar que, el usuario había sido considerado en las RBUs de los meses de agosto, octubre y diciembre del año 2022 por lo que se le ha depositado el importe total S/ 750 por concepto de la subvención monetaria bimestral, además, fue considerado como beneficiario de las bonificaciones efectuadas en el mes de enero del año 2023 por el importe total de S/ 250, lo cual asciende a un total de S/ 1 000 por subvenciones económicas y bonificaciones, monto que debía ser sujeto a la gestión del recupero por cuanto el usuario ya se encontraba inmerso en causal de desafiliación.

En ese sentido, los hechos anteriormente expuestos configuran presunta responsabilidad administrativa disciplinaria, derivada del deber incumplido previsto en la normativa anteriormente señalada; dando mérito al inicio del procedimiento administrativo disciplinario a cargo de la Entidad.