La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ordenó al Estado Peruano a no acatar el fallo del Tribunal Constitucional que le reestablecía los beneficios del indulto humanitario al expresidente Alberto Fujimori.
Por tal motivo continuará recluido cumpliendo su condena por los delitos de Barrios Altos, La Cantuta, entre otros que se le atribuyen al sentenciado exmandatario.
A través de un oficio, la institución internacional resolvió cinco puntos acerca de las medidas temporales y de supervisión en el cumplimiento de dichas sentencias.
En el primer punto se relaciona la supervisión específica relativa al indulto del expediente del exmandatario por razones humanitarias, para que se cumpla las obligaciones de investigar, juzgar y sancionar la violación de los derechos humanos.
De otro lado, el segundo punto señala que el Perú debería abstenerse de implementar la sentencia dictada el 17 de marzo del año en curso por el TC, debido a que el indulto por razones humanitarias no cumple con las condiciones establecidas en la Resolución de supervisión de cumplimiento de sentencias del pasado 30 de mayo del 2018.
“Requerir al Estado Peruano que presente a la Corte Internacional de Derechos Humanos, a más tardar el 13 de mayo del 2022, un informe sobre el cumplimiento de la obligación de investigar, juzgar y sancionar en lo relativo a no ejecutar la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional del Perú el 17 de marzo de 2022”, señala el documento.
De otro lado, la CIDH dispuso que los representantes legales de las víctimas presenten sus observaciones al informe solicitado con un plazo de 4 y 6 semanas, a partir desde la notificación del citado informe.